Nueva ley concursal
31 Julio 2025

La reforma concursal llevada a cabo en España a través de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, ha supuesto un antes y un después en el tratamiento de las situaciones de insolvencia. El objetivo prioritario de esta nueva ley es hacer más ágil, eficiente y eficaz el procedimiento concursal, especialmente para las pequeñas y medianas empresas y para los particulares.
En este artículo, vemos qué es un procedimiento concursal, los principales cambios que introduce la Ley 16/2022, su impacto en empresas y personas físicas.
¿Qué es un procedimiento concursal?
El procedimiento concursal es el instrumento jurídico mediante el cual se intenta dar solución a la situación de insolvencia de una persona física o jurídica, es decir, cuando no puede cumplir de forma regular con sus obligaciones de pago.
A través de este procedimiento concursal se busca alcanzar un acuerdo con los acreedores o, en su defecto, proceder a una liquidación ordenada del patrimonio del deudor.
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Novedades de la nueva Ley Concursal
Las principales novedades que introduce esta ley son las siguientes:
Introducción de los planes de reestructuración preventiva, también llamado preconcurso.
Estos planes sustituyen a los antiguos acuerdos de refinanciación. Estos planes permiten a las empresas negociar con sus acreedores antes de caer en insolvencia, con el objetivo de evitar el concurso propiamente dicho.
Es un procedimiento regulado en la Ley Concursal que permite a una empresa o persona física que se encuentra en situación de insolvencia (o prevé estarlo) negociar con sus acreedores y la posibilidad de alcanzar un plan de reestructuración, protegiendo la actividad de la empresa.
La notificación al juzgado competente de la apertura de este proceso implica para la empresa la obtención de una moratoria de cuatro meses en los que se suspenden las ejecuciones y embargos sobre sus bienes.
Si no se alcanza un acuerdo con los acreedores en los tres meses de preconcurso, la empresa tiene un mes más (total cuatro) para solicitar el concurso de acreedores de manera formal. Si no se solicita en ese plazo, los acreedores pueden solicitar el concurso necesario de forma forzosa.
Segunda oportunidad para personas físicas
La Ley 16/2022 también mejora de forma notable el mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), conocido como “segunda oportunidad”. Este mecanismo permite que una persona física insolvente pueda liberarse de sus deudas tras cumplir ciertos requisitos.
Las principales novedades son las siguientes:
- Se suprime la exigencia de intentar un acuerdo extrajudicial de pagos previo, lo cual simplifica el proceso.
- Se puede optar por dos modalidades de exoneración:
- Con liquidación de activos, donde se cancelan las deudas tras la venta del patrimonio del deudor.
- Sin liquidación de activos: se permite el pago de un plan de pagos durante un periodo de 3 a 5 años, conservando ciertos bienes, como la vivienda habitual.
- Se incluye, en determinadas condiciones, la posibilidad de exonerar deudas públicas (principalmente deudas con Hacienda y la Seguridad Social), algo que antes estaba muy limitado.
Procedimiento para micropymes
Otra gran novedad es la creación de un procedimiento especial para microempresas, definido como aquellas con menos de 10 trabajadores y un volumen de negocio o pasivo inferior a 700.000 euros.
Las características de este nuevo procedimiento son los siguientes:
- Tramitación íntegramente digital
- Puede ser instado por el deudor o los acreedores
- Incorpora formularios estandarizados para agilizar los trámites
Cambios en la figura del administrador concursal
La nueva ley también introduce cambios en la regulación del administrador concursal, que ahora deberá estar debidamente registrado y haber superado una formación específica.
Además, se abre la puerta a la designación por sorteo, especialmente en concursos sin masa o en procedimientos de micropymes, para evitar dilaciones innecesarias.
Introducción del concepto concurso sin masa activa
Se introduce el concepto de concurso sin masa activa, que permite una tramitación muy abreviada cuando el deudor no dispone de bienes suficientes para cubrir los gastos del procedimiento, o si los tiene, costaría más liquidar el bien que lo que obtendría de él, solicitando la exoneración.
En esta situación, el juez puede dictar directamente el auto de conclusión del concurso.
Y, ¿se puede cancelar una hipoteca con la Ley de Segunda Oportunidad en caso de impago?
La deuda generada por el impago de la hipoteca no se puede exonerar con la Ley de la Segunda Oportunidad, ello se debe a que las deudas con garantía real quedan fuera del ámbito de aplicación de esta normativa.
Sin embargo, si se ejecuta la vivienda antes de la exoneración, sin haberse obtenido suficiente dinero como para saldar la deuda, la deuda remanente sí será exonerada, es decir: si se subasta o se enajena la vivienda, pero no se obtiene dinero bastante para cubrir toda la deuda, seguirá quedando parte de la misma, pero ésta sí se podrá cancelar con el mecanismo de la Segunda Oportunidad.
También se puede obtener la exoneración de otras deudas en caso de estar pagando la hipoteca correctamente. Es decir, la ley concursal prefiere que el deudor tenga un techo donde vivir y satisfaga el préstamo hipotecario, sacrificando las otras deudas.
Mecanismos de alerta temprana
Los mecanismos de alerta temprana son una de las novedades que presenta la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal.
Esta nueva herramienta es un mecanismo preventivo que busca detectar a tiempo una situación de insolvencia en los próximos dos años. El objetivo es actuar antes de que sea demasiado tarde, implementando un plan de reestructuración para evitar la insolvencia.
Digitalización y tecnología
La nueva ley apuesta por la digitalización. Tanto el procedimiento para micropymes como otros aspectos del concurso se tramitarán de forma preferente por medios electrónicos. Cualquier duda al respecto, no dudes en ponerte en contacto con Legálitas Negocios, te asesoraremos.
Referencias legales
Ley 16/2022, de 5 de septiembre