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Ley de Segunda Oportunidad
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Responde a estas sencillas preguntas para poder analizar tu caso
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad (LSO)?
¿Quién puede acogerse?
Personas físicas (consumidores y autónomos) en insolvencia real o inminente, con varias deudas y buena fe (p. ej., colaboración con el juzgado, no ocultar bienes, etc.). No se pueden tener antecedentes penales por motivos socioeconómicos o patrimoniales y la deuda no puede superar los 5 millones de euros.
¿Qué deudas se pueden perdonar?
Principalmente deudas financieras y de consumo (préstamos, tarjetas, revolving, minicréditos). Las deudas públicas tienen particularidades: parte puede requerir plan de pagos o no ser exonerable según el caso.
¿Cuánto cuesta?
El estudio de viabilidad inicial es totalmente gratuito y sin compromiso. Con él, analizamos tu caso, te explicamos todas tus opciones y, a partir de ahí, te damos un presupuesto personalizado según tu situación. Según el número de acreedores, la deuda, y la complejidad del caso, cuanto más sencillo sea, más económico resultará.
¿Cómo sé si mi caso es viable?
¿Qué es un concurso sin masa y con masa?
Si es sin masa, no tienes nada que vender ni ingresos suficientes, el proceso es más sencillo y, si reúnes las condiciones, podrás solicitar la cancelación total o parcial de tus deudas.
Si es con masa, significa que tienes bienes, ahorros o ingresos que pueden utilizarse para pagar parte de tus deudas. Si cumples los requisitos, puedes solicitar la exoneración total o parcial de las deudas que te queden pendientes.