¿Quién tiene que pagar la multa de un coche de alquiler?

30 Septiembre 2016

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Las empresas de alquiler de vehículos, como propietarias del vehículo, cuando son requeridas al efecto, tienen la obligación de identificar al conductor del mismo. Así, al ser requeridas por la Administración para proceder a identificar por una presunta infracción cometida en el día y hora señalados en la notificación, deberán llevarlo a cabo, ya que en caso contrario serían sancionadas por ello.

Lo normal y habitual es que, cuando la empresa de alquiler recibe un requerimiento para identificar al conductor, revise sus archivos, compruebe quién era la persona que consta en el contrato como arrendatario o conductor del mismo en la fecha de la presunta infracción, y, facilite los datos a la Administración de la identificación, junto con la copia del contrato de arrendamiento, eximiéndose así de cualquier otra responsabilidad.

En ocasiones puede ocurrir que el alquiler sea a largo plazo, por lo que, el obligado a la identificación del conductor será el arrendatario y si no lo hace o lo lleva a cabo erróneamente, o, el identificado negase ser el conductor, la nueva infracción por incumplir la obligación de identificar al conductor sería para el arrendatario y no para el propietario del vehículo.

Referencia Legal

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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