Validez, firma electrónica y riesgos legales de los contratos digitales

15 Octubre 2025

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Validez, firma electrónica y riesgos legales de los contratos digitales

En los últimos años los contratos digitales han pasado de ser una alternativa puntual a convertirse en la norma en muchos sectores. Comprar un coche, contratar un seguro, firmar una hipoteca o aceptar las condiciones de una plataforma online son algunos de los ejemplos más comunes.  

En este artículo vamos a ver qué es un contrato digital, cuál es su validez, daremos unas pinceladas sobre la firma electrónica y los riesgos legales que debemos tener en cuenta.  

¿Qué es un contrato digital? 

Un contrato digital es aquel que se celebra, acepta y conserva en formato electrónico. No es necesario imprimirlo ni firmarlo en papel, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:  

  • Consentimiento de las partes 
  • Objeto lícito 
  • Capacidad para contratar  

Se exceptúan los contratos con requisito de forma, si la ley lo exige. 

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Validez legal de los contratos digitales  

En España, se regula en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, en ella, se establece cuáles son las condiciones relativas a la validez y eficacia de los contratos electrónicos y el Reglamento eIDAS de la Unión Europea (UE 2024/1183) que facilita que las transacciones transfronterizas sean seguras mediante el establecimiento de un marco para la identidad y la autenticación digitales; su objetivo es crear confianza en las interacciones electrónicas y promover unos servicios digitales sin fisuras en la UE, entre sus novedades podemos destacar la creación de la cartera europea de identidad digital (EUDI WALLET), nuevos servicios cualificados como archivado y libros electrónicos, y mayores exigencias de seguridad.  

Ambos textos legales establecen que los contratos electrónicos son tan válidos como los tradicionales en papel. 

Esta ley obliga a que el consumidor tenga acceso a la información previa, a las condiciones generales y a la confirmación posterior del contrato

La firma electrónica 

Una de las dudas más habituales es cómo se demuestra la identidad y la voluntad de cada parte en un contrato digital. Aquí entra en juego la firma electrónica. 

El Reglamento eIDAS distingue tres tipos de firma electrónica:  

  1. Firma electrónica simple: Es válida, pero es la que ofrece menos seguridad en caso de conflicto, porque puede ser difícil comprobar quién realizó la acción. Un ejemplo puede ser marcar una casilla en una web o escribir tu nombre o tu correo electrónico en un formulario.  
  2. Firma electrónica avanzada: Permite identificar al firmante de manera única y detectar si el documento ha sido manipulado. Se utiliza para operaciones como contratos bancarios.  
  3. Firma electrónica cualificada: Es la equivalente a la firma manuscrita. Requiere un certificado digital emitido por un prestador acreditado y un dispositivo seguro de creación de firma. Es, por tanto, la opción más segura.  

El elDAS 2.0 refuerza la interoperabilidad y la obligación de reconocimiento mutuo entre estados miembros. 

Riesgos legales que se deben tener en cuenta  

Antes de firmar de forma digital es importante tener en cuenta que existen algunos riesgos legales:  

  • Suplantación de identidad: Alguien puede acceder a tus claves o dispositivos y firmar en tu nombre. Por eso es clave proteger el certificado digital y usar contraseñas seguras. 
  • Problemas de prueba: En caso de conflicto, una firma simple (como hacer clic en “aceptar”) puede ser más difícil de defender ante un juez que una firma cualificada como ya hemos visto.  
  • Falta de información clara: Algunas webs no muestran de forma transparente las condiciones del contrato, lo que puede generar cláusulas abusivas. 
  • Conservación del contrato: Es fundamental que ambas partes tengan acceso al documento firmado.  

Si aún tienes dudas sobre cómo realizar un contrato digital, su validez o si es el formato más adecuado para tu negocio o gestión necesario, ponte en contacto con Legálitas Negocios

Preguntas frecuentes sobre contratos digitales  

¿Un contrato digital tiene la misma validez que uno en papel?  

Siempre que cumpla con los requisitos legales (consentimiento, objeto lícito y capacidad de las partes), un contrato digital tiene la misma validez que uno firmado en papel.  

¿Qué tipo de firma electrónica necesito para que el contrato sea seguro? 

Depende de la importancia de la operación. Para trámites sencillos puede bastar con una firma electrónica simple, pero en contratos con consecuencias económicas relevantes se recomienda la firma avanzada o, preferiblemente, la cualificada, que tiene el mismo valor que la manuscrita. 

¿Qué riesgos existen al firmar un contrato digital? 

Los principales riesgos son la suplantación de identidad, la falta de transparencia en las condiciones, la dificultad de prueba con firmas simples y no conservar una copia del contrato firmado. 

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