Qué es el establecimiento permanente, cuáles son sus requisitos y cómo tributan

14 Octubre 2025

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Qué es el establecimiento permanente, cuáles son sus requisitos y cómo tributan

¿Tienes una empresa extranjera con origen y residencia fuera de España cuya actividad cuenta con oficinas, establecimientos o fábricas en nuestro país? Pues si estas instalaciones existen de forma continua o habitual, no lo podemos considerar como un negocio remoto. Se considera que tienes un establecimiento permanente en territorio español. Te explicamos todo sobre esta figura. 

Qué es un establecimiento permanente y qué tipos hay

Hablamos de establecimiento permanente cuando una empresa extranjera desarrolla en España toda o parte de su actividad a través de instalaciones, oficinas o sucursales, entre otros. Eso sí, la actividad debe tener un carácter habitual y estable. El concepto está recogido en la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). Además, la definición se armoniza con los convenios para evitar la doble imposición que España firma con otros países, generalmente basados en el modelo convenio de la OCDE. 

El abanico de supuestos que configuran un establecimiento permanente es amplio. La ley incluye instalaciones como sedes de dirección, oficinas, fábricas, talleres, almacenes o tiendas. También contempla explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales, minas, canteras o pozos de extracción de hidrocarburos.

Y hay más, hasta un servidor informático instalado para prestar servicios digitales puede ser considerado establecimiento permanente. No se trata de la ley vaya a ir detrás de una cuenta de Instagram, pero sí de cualquier presencia física o digital que sirva para actividades económicas regulares.

También hay una regulación especial en el caso de las obras de construcción, instalación o montaje. En caso de que se extiendan más de seis meses en territorio español, la normativa interna entiende que existe establecimiento permanente. 

Un aspecto que conviene no olvidar es que el establecimiento permanente no tiene personalidad jurídica propia. Esto significa que no se trata de una sociedad independiente, sino una prolongación de la empresa matriz. Es decir, aunque pueda tener obligaciones fiscales y contables propias en España, sigue siendo jurídicamente parte de la misma entidad extranjera.

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Requisitos para tener la consideración de establecimiento permanente

Existen tres criterios esenciales que tiene en cuenta Haciendo para determinar si tienes un establecimiento permanente en España.

  • Lugar fijo de negocios. No hace falta que sea tuyo. Basta con que uses de forma regular un espacio, cualquier sitio que sirva para tu actividad económica.
  • Duración y habitualidad. La actividad debe ser continua. En el sector de la construcción, seis meses es el tiempo clave.
  • Actividad real y significativa. No se trata de tener un local donde se ponga el logo en la puerta o tener una mesa con folletos. Tiene que ser algo más relevante para tu negocio que simplemente hacer publicidad o recopilar datos. En este sentido, si ese espacio se usa exclusivamente para almacenar, entregar o exponer bienes, no se considera un establecimiento permanente.

¿Cómo tributa tu establecimiento permanente en España?

Desde el punto de vista tributario, se trata como si fuera una entidad residente a efectos del cálculo del impuesto. En concreto, sus beneficios se someten al Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), pero aplicando reglas similares a las del Impuesto sobre Sociedades. La base imponible se calcula según el sistema general de dicho impuesto, lo que implica que se pueden compensar bases imponibles negativas de ejercicios anteriores y aplicar algunas deducciones admitidas

No obstante, existen restricciones: no se pueden deducir pagos realizados al domicilio social por conceptos como comisiones, asistencia técnica, cánones o intereses. Además, las transacciones con la casa matriz o a las entidades vinculadas se rigen por las normas de precios de transferencia 

El tipo impositivo aplicable es, por regla general, el mismo que el de las sociedades residentes. A estas obligaciones materiales se suman las obligaciones formales. El establecimiento permanente debe llevar contabilidad propia, presentar las declaraciones fiscales correspondientes (como el modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades o el modelo 206 de ingreso o devolución del IRNR) y cumplir con las obligaciones de información exigidas por la normativa española. 

La importancia de los convenios de doble imposición

Uno de los puntos que más dudas generan es cómo se coordinan las normas internas con los convenios de doble imposición. Estos tratados internacionales tienen como finalidad evitar que una misma renta tribute dos veces, una en el país de residencia y otra en el de la fuente.

En la práctica, el convenio puede limitar la definición de establecimiento permanente o concretar cómo se atribuyen los beneficios. Por ejemplo, si una empresa extranjera solo cuenta con un espacio en España destinado a actividades auxiliares, puede que la legislación nacional tienda a considerar que hay establecimiento permanente; sin embargo, en caso de que el convenio establezca lo contrario, prevalecerá la norma pactada entre los Estados.

Este aspecto determina si España tiene o no derecho a gravar esos beneficios. Y aquí conviene recordar que, en un contexto global, la OCDE y la Unión Europea están revisando continuamente estas normas, especialmente para adaptarlas a la economía digital.

Recomendaciones prácticas para cumplir la ley

Muchas veces, las empresas consideran que no tienen un establecimiento permanente en España si no han abierto formalmente algún tipo de oficina. Sin embargo, la realidad fiscal puede ser otra: basta con que un agente local tenga capacidad habitual para cerrar contratos en nombre de la compañía para que Hacienda pueda considerar que existe ese establecimiento permanente.

No identificar a tiempo esta situación puede suponer liquidaciones complementarias, sanciones por incumplimiento y recargos por intereses. Por eso, lo recomendable es analizar en profundidad la presencia de la empresa en cada país, revisar los convenios de doble imposición aplicables y valorar si resulta más eficiente operar mediante un establecimiento permanente o a través de una filial independiente.

Preguntas frecuentes sobre el establecimiento permanente:

¿La tributación puede variar por tipo de actividad o sector?

Algunas actividades, como las agrícolas, pueden tener incentivos fiscales o regímenes especiales. Pero en general, el tratamiento es semejante para todas ellas.

¿Qué pasa si no cumples con la normativa?

Podrías enfrentarte a multas, intereses de demora y a la pérdida de reputación de tu empresa. Las autoridades fiscales cada vez cruzan más datos con las entidades europeas y pueden revisar tus operaciones retroactivamente hasta varios años después.

¿Y si no tienes establecimiento permanente, pero facturas en España?

Si solo haces operaciones aisladas como una venta puntual o prestación de servicios esporádica, estarás obligado a tributar únicamente por las rentas obtenidas en España, pero con menos exigencias documentales. 

¿Desarrollas tu actividad en España? ¿Tienes establecimiento, oficina o sucursal? Ponte en contacto con Legálitas Negocios y un experto te asesorará personalmente en base a tus necesidades.

Referencias legales:

Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

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