Modelo RNT (antiguo TC2): plazos, uso y presentación paso a paso

16 Octubre 2025

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Modelo RNT (antiguo TC2): plazos, uso y presentación paso a paso

El RNT (Relación Nominal de Trabajadores) es un documento que refleja cuánto cotiza cada persona de tu plantilla. Y, si no lo presentas bien o lo haces fuera de plazo, puedes encontrarte con problemas legales. Pero ¿Qué es exactamente? ¿Cuándo hay que presentarlo? Y, ¿qué pasa si se te pasa el plazo?

En este artículo te contamos de forma sencilla todo lo que necesitas saber sobre esta cita mensual con la Seguridad Social.

¿Qué es el modelo RNT y para qué sirve?

El modelo RNT es el documento donde se detallan las cotizaciones de seguridad social de cada trabajador de tu empresa. Dicho de otra forma, es como la ficha individual de cada persona de tu plantilla en la que aparecen las bases de cotización, las horas trabajadas, bonificaciones y deducciones.

Y, ¿para qué sirve exactamente?

Por un lado, a la Seguridad Social le permite llevar un control de lo que ha cotizado cada empleado y calcular correctamente sus prestaciones (jubilación, incapacidad, desempleo…).

Por otro lado, para ti como empresario es la prueba de que cumples con tus obligaciones con la Administración y de que tus trabajadores tienen su cotización al día, evitando recargos y sanciones por no cumplir con la Ley General de la Seguridad Social.

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RNT: el modelo que sustituye al TC2

Aunque todo el mundo sigue hablando de TC2, lo cierto es que este modelo ya no existe con ese nombre. Desde que la Seguridad Social implantó el Sistema de Liquidación Directa, el TC2 pasó a llamarse oficialmente RNT (Relación Nominal de Trabajadores).

El contenido no ha cambiado, sigue siendo el documento donde se refleja la cotización individual de cada empleado. La diferencia es que ahora se genera de forma telemática a través del Sistema RED, junto al antiguo TC1, que hoy se llama RLC (Recibo de Liquidación de Cotizaciones).

En la práctica, muchos empresarios y asesores siguen hablando de TC1 y TC2 porque era la terminología de toda la vida. Pero si te cruzas con el término RNT en la Seguridad Social, no te despistes, están hablando exactamente de lo mismo.

¿Quién tiene que presentar el modelo RNT?

Tienen que presentar el modelo RNT todas las empresas que tienen empleados contratados en el Régimen General. 

Si, en tu caso, trabajas por tu cuenta y no tienes plantilla, no tienes que presentarlo. Ahora bien, en el momento en que fichas a tu primer trabajador, la cosa cambia y cada mes tendrás que presentar obligatoriamente dos documentos:

  1. RLC: resumen global de lo que debe cotizar tu empresa.
  2. RNT: detalle individual de cada trabajador.

¿Cuándo se utiliza el modelo RNT?

Como hemos indicado, el RNT se utiliza todos los meses. Hay dos plazos que debes diferenciar:

  • Plazo de presentación de la liquidación: se presenta en la Seguridad Social desde el día 1 al penúltimo día natural de cada mes respecto a las cotizaciones del mes anterior. Por ejemplo, las cotizaciones de enero se presentan del 1 al 27/28 de febrero (según el año).
  • Plazo de ingreso del pago: si lo pagas por domiciliación bancaria, el límite es el día 20 del mes y si lo pagas por transferencia u otro medio, el plazo llega hasta el último día laborable del mes.

Por tanto, primero se comunica la liquidación (RNT y RLC) y después se ingresa el dinero. Y ojo, porque, aunque los plazos son distintos, si fallas en cualquiera de los dos, llegan recargos automáticos de hasta el 35 %

¿Cómo se presenta el modelo RNT?

Todo se hace de forma telemática a través del Sistema RED de la Seguridad Social.

El proceso básico es este:

  1. Accede al Sistema RED con certificado digital, Cl@ve o a través de tu asesoría laboral y genera el fichero de cotización (FAN), donde van los datos de cada trabajador.
  2. Envía el fichero a la TGSS y comprueba que no haya errores en la validación que puedan afectar a las prestaciones futuras de tus empleados y generarte reclamaciones.
  3. Una vez validado, la Tesorería genera y envía a la empresa el detalle nominal de cada trabajador.
  4. Confirma y guarda el documento. No olvides ingresar las correspondientes cotizaciones dentro del plazo establecido.

Nuestro consejo es que no dejes el trámite para el último día porque, si el sistema se cae o detecta errores de validación, puedes quedarte fuera de plazo sin querer. 

Para facilitarte las cosas, te recomendamos que te apoyes en una asesoría. De hecho, la mayoría de pymes delegan esta gestión porque se cruza con nóminas, convenios y contratos. En Legálitas Negocios podemos ayudarte.

Preguntas frecuentes sobre el modelo RNT

¿Qué pasa si no presento el RNT/RNT en plazo?

Si te retrasas, la Seguridad Social aplica recargos. En concreto, un 10 % si pagas dentro del primer mes natural tras el vencimiento, un 20 % a partir del segundo mes o si lo abonas antes de que acabe el plazo fijado en una reclamación de deuda, y un 35 % si pagas después de ese plazo. 

Si no tengo empleados, ¿tengo que presentar el RNT?

Este modelo solo afecta a empresas con trabajadores dados de alta en el Régimen General.

¿Se puede presentar en papel?

Desde la implantación del Sistema RED, la presentación es 100 % telemática.  

Referencias legales:

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

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