Sobre la cena de Navidad de empresa, ¿es obligatorio invitar a todos los empleados? ¿debe pagarla la empresa?

02 Diciembre 2025

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Sobre la cena de Navidad de empresa, ¿es obligatorio invitar a todos los empleados? ¿debe pagarla la empresa?

Se acerca diciembre. Y en el último mes del año es tradición celebrar la comida o cena de Navidad de empresa, un momento de celebración que sirve para reforzar la unión del equipo y que, a veces, también genera dudas entre los empresarios. ¿Debes invitar a todos los empleados? ¿Quién la paga? ¿Qué pasa si alguien no quiere asistir?

Una opción voluntaria, pero que exige ciertas obligaciones

Ninguna ley obliga a la empresa a celebrar una cena, comida o evento navideño. Es más que nada, una tradición. Se trata de una decisión voluntaria y de carácter social, no de una obligación laboral ni contractual. 

Sin embargo, una vez que la empresa decide organizarla, sí debe respetar ciertos principios básicos relacionados con la igualdad y la no discriminación. Y aquí surge una cuestión muy frecuente: ¿hay que invitar a todos los empleados?

Si la empresa organiza la cena como evento corporativo o de equipo, lo recomendable -y legalmente más aconsejable- es invitar a toda la plantilla, sin distinción. Excluir a determinados trabajadores sin una justificación objetiva puede interpretarse como trato desigual o discriminatorio, lo que vulnera el Estatuto de los Trabajadores, que reconoce el derecho a la igualdad de trato. 

Es cierto que en el Estatuto no se mencionan específicamente estos eventos voluntarios de empresa, pero sí se fijan principios que afectan a cómo deben gestionarse estas celebraciones. 

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Pago de la cena de empresa

Tampoco existe una obligación legal de que la empresa asuma el coste. Es un acto voluntario y de cortesía, no una prestación laboral. No obstante, si la empresa la organiza, debe dejar claro desde el inicio quién asume los gastos y en qué condiciones.

En caso de que la empresa invite, es posible que sea deducible en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que acredite que es una práctica habitual y si está debidamente justificado con la factura, relación con la actividad y razonabilidad del gasto.

Se puede dar el caso de que los empleados contribuyan o paguen parte de la comida. En este caso, es importante que haya transparencia y consenso, evitando situaciones en las que unos paguen y otros no sin motivo claro.

¿Qué pasa si un empleado no quiere asistir?

La asistencia a la cena es voluntaria. Nadie puede ser obligado a acudir ni sancionado por no hacerlo. Forzar la asistencia o penalizar indirectamente con comentarios negativos o exclusión posterior de actividades vulnera los derechos del trabajador.

Además, si la cena se realiza fuera del horario laboral, no computa como tiempo de trabajo ni genera derecho a compensación económica.

¿Y si ocurre algún incidente durante la cena?

Aunque sea un evento social, la empresa sigue teniendo cierto grado de responsabilidad si el evento ha sido organizado o promovido por ella. Si se producen conductas inapropiadas, acoso o accidentes, pueden tener consecuencias disciplinarias, o incluso legales, tanto para la empresa como para los participantes.

Buenas prácticas para evitar conflictos

Seguir una serie de consejos es recomendable para que todo discurra según el objetivo que busca ser, una celebración entre compañeros

  • Comunica la invitación por escrito o correo corporativo, dejando claro que la asistencia es voluntaria.
  • Invita a toda la plantilla, incluidos trabajadores en remoto o con contrato temporal.
  • Define quién paga y cómo, evitando malentendidos.
  • Elige un lugar y horario accesible para la mayoría.
  • Recuerda las normas básicas de convivencia y respeto.

¿Tienes dudas al respecto? Busca asesoramiento legal en Legálitas Negocios.

Preguntas frecuentes sobre la cena de Navidad de empresa

¿Puedo hacer una cena solo para directivos?

Debe tratarse de un evento claramente distinto, vinculado a funciones de dirección o estrategia. Si se presenta como cena de empresa, debe ser inclusiva.

¿Y si algunos empleados están de baja o vacaciones?

No pasa nada. La invitación debe hacerse extensiva, aunque no puedan acudir. 

¿Cuenta como jornada laboral?

Si se celebra fuera del horario de trabajo, no genera derecho a retribución ni descanso compensatorio.

¿Y si alguien comete una falta grave?

La empresa puede abrir un procedimiento disciplinario si los hechos son graves y guardan relación con el entorno laboral o la imagen de la empresa.

Referencias legales:

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

 

Enrique Fernández
Enrique Fernández
Abogado experto en Trabajo

Nº de colegiado: 49892

ICAM: Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid

Título en Derecho

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