Qué es el levantamiento del velo societario
18 Septiembre 2025

Crear una sociedad mercantil ofrece muchas ventajas desde limitar la responsabilidad de los socios, acceder a determinados beneficios fiscales, hasta dar una imagen más profesional frente a clientes y proveedores. Sin embargo, esa “capa de protección” que podría parecer que otorga la sociedad no siempre es infranqueable.
En ocasiones, los tribunales pueden aplicar lo que se conoce como levantamiento del velo societario. Se trata de una figura jurídica que permite responsabilizar directamente a los socios o administradores de una empresa cuando ésta no se ha utilizado de la forma correcta o adecuada, es decir, se ha utilizado de manera fraudulenta o abusiva.
Pero ¿qué significa exactamente levantar el velo? ¿Cuándo se aplica y qué consecuencias puede tener para autónomos, pymes o empresarios? En este artículo entraremos en detalle de todo ello para que si alguien habla de ello en alguna ocasión tú siempre sepas sobre qué va el tema.
Significado de levantamiento del velo societario
El “velo” se refiere a una metáfora que hace referencia a la separación entre la persona jurídica (la sociedad) y las personas físicas que la componen (socios o administradores). Normalmente, esa separación protege el patrimonio personal de los socios frente a las deudas de la empresa. Entonces, el levantamiento del velo societario es una doctrina jurisprudencial (no está regulada expresamente en la ley, sino que ha sido desarrollada por los tribunales) que lo que permite es eliminar esa separación en casos de abuso, fraude o simulación. El levantamiento del velo toma su pleno sentido en sociedades pequeñas, especialmente en las que el administrador es el socio mayoritario, por lo que en esta sociedad mercantil se busca el privilegio de la limitación o quite de la responsabilidad.
En las grandes sociedades es un poco más complejo llevar adelante las reclamaciones, entre otras cosas, porque no es fácil determinar quiénes son los administradores que se benefician de las actuaciones mercantiles negligentes. Por eso no se puede configurar como garantes absolutos a los administradores, respecto de la responsabilidad patrimonial de la empresa en su totalidad.
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¿Por qué nace esta figura?
La técnica del levantamiento del velo de las personas jurídicas la inició la jurisprudencia de los Estados Unidos a través de la disregad of the legal entity para permitir a los jueces introducirse en los entramados de las sociedades, actuando en el ámbito jurídico de nuestro entorno como instrumento eficaz para combatir sociedades ficticias o de sólo fachada que llevan a cabo un ejercicio social no ajustado a la línea de la buena fe comercial a efectos de defraudar a terceros, abusando de una personalidad jurídica formal que puede contar incluso con respaldo legal.
A partir de este planteamiento, el levantamiento del velo se ha revelado como una excelente herramienta para resolver los conflictos que frecuentemente se plantean entre seguridad jurídica y justicia material, haciendo prevalecer a ésta sobre aquélla, fundamentándose su aplicación por nuestros Tribunales indistintamente, según los casos, en el fraude de ley, en el abuso de derecho y en la buena fe (arts. 4 y 7 del Código Civil).
El objetivo es claro y simple: evitar fraudes. La protección que da la forma societaria no puede usarse como escudo para evadir responsabilidades, defraudar a acreedores, trabajadores o a la propia Hacienda, encubrir actividades ilícitas o actuar en perjuicio de terceros de manera consciente, entre otras muchas cosas.
En definitiva, se busca garantizar que la personalidad jurídica no se convierta en un instrumento de abuso.
¿En qué supuestos se podría aplicar el levantamiento del velo?
Es el Tribunal Supremo quien indica que al aplicar la técnica de levantamiento del velo, advierte que se debe realizar de forma ponderada y restringida, en los casos en que sea ineludible actuar sobre las personas físicas que tuvieran la apariencia o la cobertura de una sociedad, si aparecieran confundidos sus patrimonios.
Ante la ausencia de normativa que regule la cuestión, la aplicación de tal doctrina ha de hacerse de forma muy restrictiva, ya que su uso abusivo y sistemático conllevaría, por tanto, los riesgos que el Tribunal Supremo advierte en su sentencia n.º 874/2011, de 20 de diciembre de 2011. El uso de esa técnica está admitido de forma generalizada en la actualidad por nuestros más altos Tribunales (STC n.º 162/2002, de 16 de septiembre 2002, STC n.º 125/2001, 4 de junio 2001 y STC n.º 115/2000, 10 de mayo de 2000).
Conceptos básicos que forman esta doctrina jurisprudencial
- No cabe la alegación de separación de patrimonios de la persona jurídica cuando tal separación resulta una ficción.
- La existencia de una ingeniería societaria fraudulenta. (STS n.º 1068/2000, 22 de noviembre 2000.
- Abuso de la personalidad jurídica. (STS n.º 769/2024, de 06 de septiembre del 2024.
- Comunicación de responsabilidad (STS n.º 1105/2007, de 29 de octubre de 2007.
- Apariencia formal o la cobertura legal de una persona jurídica. (STS, rec. 1253/2007, de 30 noviembre 2007.
En la jurisprudencia española podemos encontrar distintos casos en los que puede aplicarse esta figura. Estos podrían ser algunos de los más habituales:
Confusión de patrimonios
Cuando no existe una clara separación entre el patrimonio de la empresa y el de los socios. Por ejemplo, cuando se utilizan indistintamente las cuentas personales para pagar gastos de la sociedad o viceversa.
Sociedad instrumental o ficticia
Cuando la sociedad se crea únicamente como una pantalla para ocultar la verdadera actividad o el patrimonio personal de los socios.
Grupo de sociedades opacas
En ocasiones, se podría llegar a levantar el velo si se demuestra que una sociedad está siendo utilizada dentro de un grupo para desviar responsabilidades a otras filiales sin solvencia. En contraposición con lo anterior, la aplicación de esta doctrina no procederá cuando se trata de empresas que se han constituido como sociedades anónimas o limitadas con personalidad y patrimonios independientes; son empresas reales, con trabajadores y con actividad propia y diferenciada, que tienen sus propios consejos de administración y conservan su ámbito de responsabilidad como personas jurídicas independientes, aunque éstos estén relacionados con una sociedad dominante del grupo de que se trata, no existiendo entre ellas confusión patrimonial de ningún tipo, ni tampoco de plantillas
Subcapitalización
Cuando una empresa nace con un capital social insuficiente para su actividad, con el objetivo de proteger a los socios frente a posibles deudas también se puede aplicar el levantamiento de velo.
Uso fraudulento frente a acreedores
Si la sociedad se emplea de manera consciente para evitar el pago a proveedores, acreedores o trabajadores.
Actos en perjuicio de la Hacienda Pública
Se ha utilizado en casos de fraude fiscal en los que la sociedad era un mero instrumento para ocultar bienes o rentas.
Consecuencias del levantamiento del velo
La principal consecuencia es que los socios o administradores pueden responder con su patrimonio personal de las deudas y obligaciones que en principio correspondían a la sociedad.
¿Esto qué significa exactamente? Pues que por ejemplo un proveedor pueda reclamar directamente a los socios el pago de facturas impagadas o que un trabajador pueda exigir salarios o indemnizaciones pendientes.
En definitiva, como hemos mencionado anteriormente, el levantamiento del velo elimina la protección de la sociedad, dejando expuesto al socio como si hubiese actuado en nombre propio.
Vamos a verlo con un par de ejemplos para que quede lo más claro posible. Imaginémonos que una empresa de reformas se constituye con 3.000 euros de capital social. En la práctica, el administrador paga facturas desde su cuenta personal y utiliza la cuenta de la empresa para gastos familiares. Al declararse insolvente frente a un proveedor, éste acude a los tribunales. El juez aplica el levantamiento del velo por confusión de patrimonios y el administrador responde con sus bienes.
Otro ejemplo, un empresario, Paco, crea varias sociedades para repartir artificialmente su actividad y así declarar menos impuestos. Hacienda demuestra la simulación y aplica el levantamiento del velo para reclamar las deudas directamente a Paco.
Cómo prevenir el levantamiento del velo
Lo más importante y lógico es actuar con transparencia y de buena fe, respetando siempre la autonomía de la sociedad. Aunque el riesgo es real, existen medidas que los empresarios pueden adoptar para reducir esa posibilidad. Como hemos mencionado: mantener una separación clara entre el patrimonio personal y el de la sociedad, evitar operaciones que puedan considerarse fraudulentas o abusivas, dotar a la sociedad de un capital suficiente para su actividad, cumplir con todas las obligaciones fiscales, laborales y mercantiles y, por supuesto, documentar adecuadamente todas las decisiones sociales.
En resumen, el levantamiento del velo societario es una figura excepcional, pero poderosa. Los tribunales solo la aplican cuando detectan un uso fraudulento de la sociedad, pero en esos casos puede tener consecuencias muy serias para socios y administradores.
Preguntas frecuentes sobre el levantamiento del velo societario
¿Está regulado en alguna ley el levantamiento del velo?
No existe una norma que lo recoja expresamente. Es una doctrina elaborada por los tribunales, principalmente por el Tribunal Supremo, y aplicada caso por caso.
¿Se aplica a todo tipo de sociedades?
Aunque es más frecuente en sociedades de responsabilidad limitada (SL) y sociedades anónimas (SA), que son las que suelen usarse para limitar la responsabilidad de los socios.
¿Se puede aplicar a autónomos?
Los autónomos ya responden directamente con su patrimonio. El levantamiento del velo se aplica exclusivamente a sociedades mercantiles.
¿Qué puedo hacer si un tribunal levanta el velo en mi sociedad?
En ese caso, los socios o administradores deben responder con su patrimonio personal. Sin embargo, siempre es posible recurrir la resolución si se considera que no había causa para ello.
Conocer las implicaciones es clave para autónomos, pymes y empresarios que operen bajo una sociedad mercantil. Contacta con Legálitas Negocios para una mejor prevención, mantener la transparencia y el rigor en la gestión, evitando confundir la empresa con el patrimonio personal.
Referencias legales