Qué son las entidades de reducida dimensión y cuáles son sus beneficios fiscales

01 Octubre 2025

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Qué son las entidades de reducida dimensión y cuáles son sus beneficios fiscales

Cuando piensas en Hacienda, seguramente lo primero que te venga a la cabeza sean papeleos y pagos. Sin embargo, la verdad es que el sistema también tiene algunos guiños para aquellos emprendedores que llevan adelante negocios pequeños o medianos. 

Uno de ellos es el régimen de las entidades de reducida dimensión (ERD), un paquete de beneficios fiscales que, bien aprovechados, pueden marcar la diferencia entre ir ahogado cada trimestre o respirar un poco más tranquilo.

Vamos a verlo con calma.

¿Qué es una entidad de reducida dimensión?

En términos sencillos, una ERD es una empresa cuya cifra de negocios del año anterior no supera los 10 millones de euros. Ese es el límite de referencia. Si te quedas por debajo, puedes acogerte a este régimen especial que prevé la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

¿Y si formas parte de un grupo de sociedades? En este caso, Hacienda revisa la facturación del grupo en conjunto, no solo la tuya, para comprobar si rebasas la cifra. También es importante que sepas que si tu empresa es patrimonial (es decir, vive más de rentas de inmuebles o de valores que de actividad económica real), no puedes aplicar este régimen.

Además, hay un pequeño salvavidas. Aunque un año superes los 10 millones, si en el ejercicio anterior y en los dos previos sí cumplías el requisito, Hacienda te permite seguir disfrutando de los beneficios durante tres años más.

Vamos a verlo con un caso práctico. Tienes una empresa que facturó 8 millones en 2022, 9,5 millones en 2023 y en 2024 saltó a 11 millones. Aunque hayas pasado el límite, todavía podrás aplicar este régimen ERD en 2025, 2026 y 2027. Es como una especie de prórroga que te da tiempo para adaptarte.

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Beneficios fiscales de las entidades de reducida dimensión

Las ventajas fiscales para las ERD son más que suculentas. Vamos a repasarlas una a una de acuerdo al capítulo XI de la citada ley, con ejemplos para que se entienda mejor.

1. Libertad de amortización

Si inviertes en activos nuevos como pueden ser ordenadores, máquinas, inmuebles o mobiliario, entre otros y, además, aumentas plantilla, puedes amortizarlos libremente. Esto significa que no tienes que seguir las tablas que marca Hacienda, sino que tú decides cuándo deducirte el gasto. Eso sí, el límite está en 120.000 € por cada empleado adicional que incorpores.

Por ejemplo, contratas a una persona y compras maquinaria por 100.000 €. Podrás amortizarla entera ese mismo año y así reducir tus beneficios contables y, en consecuencia, el impuesto a pagar.

2. Amortización acelerada

En el resto de activos (ordenadores, coches de empresa, inversiones inmobiliarias o incluso intangibles como un software), puedes aplicar el doble de la amortización que fija la Agencia Tributaria. Vamos, que te desgravas más rápido.

Por ejemplo, compras un portátil por 1.200 €. Hacienda dice que puedes amortizarlo en un 26 % anual. Como ERD, subes ese ritmo al 52 %. Así, en lugar de deducirte 312 € el primer año, podrás deducirte 624 €.

3. Deterioro de créditos (morosos)

Seguro que, por desgracia, te suena eso de clientes que tardan en pagar o, directamente, nunca lo hacen. Para cubrirse de esos sustos, las ERD pueden deducirse una provisión general de hasta el 1 % del total de deudores a final de año.

Y no hace falta que demuestres el impago concreto de cada cliente. Es como un colchón que Hacienda te permite aplicar para no salir tan mal parado con la morosidad.

4. Reserva de nivelación

Este incentivo es un poco más técnico, pero muy interesante. Puedes reducir tu base imponible hasta un 10 % con un límite de 1 millón de euros. Esa cantidad no desaparece, sino que se “reserva” y se compensa si en los cinco ejercicios siguientes si tienes bases imponibles negativas. Si no las tienes, simplemente reviertes la reducción.

Por ejemplo, si tu empresa tiene un beneficio contable de 200.000 €, puedes reducir hasta 20.000 € en tu declaración de este año, pagando menos. Si dentro de tres años tienes pérdidas, esa reserva se aplicará automáticamente.

5. Tipo de gravamen reducido

El tipo general en España está fijado en el 25 %, pero si tu empresa tiene la condición de ERD, disfrutarás de una rebaja progresiva que culminará en el 20 % definitivo a partir de 2029. El calendario de bajada es el siguiente:

  • 2025: 24 %
  • 2026: 23 %
  • 2027: 22 %
  • 2028: 21 %
  • 2029 en adelante: 20 %

Esto no es un detalle menor. Pensemos en una pyme con un beneficio imponible de 200.000 €:

  • Si tributa al 25 %, pagará 50.000 €.
  • Si tributa al 20 %, pagará 40.000 €.

Como ves, la diferencia son 10.000 € de ahorro cada año.

Tipos superreducios para microempresas (facturan menos de 1MM):

Ejercicio fiscal 2023 y 202420252026202720282029
ERDINCN < 1 MM. €23%Hasta 50.000€: 21%
Resto BI: 22%
Hasta 50.000€: 19%
Resto BI: 21%
Hasta 50.000€: 17%
Resto BI: 20%
INCN < 10 MM. €25%24%23%22%21%20%
  1. BI = Base imponible previa a la aplicación del tipo de gravamen.
  2. INCN = Importe Neto de Cifra de Negocios.

¿Por qué interesa este régimen a tu negocio?

¿De verdad merece la pena? La respuesta es sí. Y no solo por pagar menos impuestos. El régimen de las entidades de reducida dimensión está pensado para que las pymes tengan un respiro frente a la presión fiscal y puedan competir en mejores condiciones. 

  • Más oxígeno en la caja: gracias a la amortización acelerada o a la reserva de nivelación, puedes reducir el impuesto a pagar justo cuando más lo necesitas. Es como si Hacienda te diera margen para cuadrar mejor la tesorería. Y ya sabes, un poco más de liquidez hoy puede salvarte de tener que pedir financiación mañana.
  • Flexibilidad de verdad: no se trata solo de un descuento fiscal, sino de poder elegir el momento en el que aplicas las deducciones. Tú decides si amortizas un bien rápido para aliviar impuestos este año o prefieres repartirlo en varios ejercicios para suavizar la contabilidad.
  • Protección frente a imprevistos: los beneficios como la reserva de nivelación o la provisión por morosidad actúan como un seguro frente a lo inesperado. Si un cliente no te paga o tu negocio tiene un año malo, ya tienes parte del trabajo fiscal hecho.
  • Ahorro directo en el tipo impositivo: con el nuevo gravamen reducido, cada punto porcentual menos supone miles de euros de ahorro. Y ese dinero extra, en lugar de ir a Hacienda, puede revertir en tu negocio y ayudar, por ejemplo, a reforzar tu equipo o mejorar tu producto.

Ahora ya lo sabes, las entidades de reducida dimensión tienen un régimen fiscal hecho a medida para ellas. Si tu empresa encaja en este perfil, merece la pena sentarte con un asesor y revisar qué incentivos puedes aplicar. 

Porque pagar menos impuestos de forma legal está al alcance de muchas pymes. Solo hay que saber aprovecharlo y gestionarlo correctamente siguiendo la normativa. ¿Quieres que te ayudemos desde Legálitas? Estos son nuestros planes para negocios.

Preguntas frecuentes sobre las entidades de reducida dimensión

Puedo combinar estos incentivos con otras deducciones o beneficios fiscales?

Siempre que respetes los límites que marca la ley. Por ejemplo, puedes aplicar amortización acelerada y, además, reservar parte del beneficio con la reserva de nivelación. La clave está en llevar una planificación fiscal ordenada.

¿Conviene siempre aplicar estos incentivos?

En la mayoría de los casos sí, pero no necesariamente todos a la vez. Dependerá de tu estrategia fiscal y de la situación de tu empresa. Por ejemplo, la reserva de nivelación no es tan útil si nunca tienes bases imponibles negativas. Lo recomendable es valorar caso por caso.

¿Necesito hacer trámites adicionales para aplicar el régimen ERD?

Basta con que cumplas los requisitos y apliques los beneficios en tu declaración del Impuesto sobre Sociedades. Eso sí, conviene llevar una contabilidad rigurosa para justificarlo en caso de inspección.

Referencia legal

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