Cómo realizar un “precierre” o reparto de dividendos anticipado
20 Noviembre 2025
¿Te has planteado repartir dividendos antes del fin del ejercicio fiscal? Porque sí, es posible hacerlo. Pero antes necesitas realizar un precierre, una especia de “fotografía contable” provisional que determine que puedes hacer ese reparto sin riesgos. La ley te respalda siempre que se cumplan algunos requisitos.
Qué es un reparto de dividendos anticipado o a cuenta y por qué es importante realizar un precierre
Un reparto anticipado a cuenta es una operación regulada con condiciones muy concretas. Se trata de una cantidad que la sociedad paga a sus socios previamente a aprobar las cuentas anuales. Es decir, implica adelantar parte del beneficio estimado del ejercicio.
Para que se pueda producir este reparto, antes hay que llevar a cabo lo que se conoce como un precierre, un análisis preliminar del ejercicio que permita anticipar los resultados. Este balance provisional sirve para comprobar de forma fehaciente si realmente se esperan beneficios y, sobre todo, si existe liquidez suficiente para repartir.
Es un paso previo y obligatorio. Si no lo haces, no puedes justificar el reparto. Además, te protege legalmente, porque demuestra que actuaste con diligencia en caso de que surgieran pérdidas o reclamaciones.
La Ley de Sociedades de Capital es la referencia que detalla los requisitos para repartir beneficios, la obligación de mantener reservas y la responsabilidad en caso de reparto indebido. Además, la normativa exige elaborar un estado contable que justifique la distribución y dejar constancia del acuerdo en acta.
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Cómo preparar un precierre correcto
Si decides avanzar con un dividendo anticipado, no improvises. El proceso tiene su lógica y es importante hacerlo bien para evitar riesgos.
- Fija la fecha y el importe aproximado. Escoge un cierre provisional y calcula cuánto podrías repartir sin dejar la caja vacía.
- Elabora un balance y una cuenta de resultados provisionales. Refleja todos los gastos, impuestos y provisiones pendientes.
- Comprueba la solvencia y liquidez. Asegúrate de que, tras el reparto, el patrimonio neto sigue por encima del capital social.
- Verifica reservas y pérdidas acumuladas. No puedes repartir si no has cubierto pérdidas.
- Documenta todo por escrito. El estado contable debe estar firmado por los administradores y conservarse.
- Aprueba el acuerdo según un acta de junta o la decisión del órgano de administración.
- Realiza el pago y registra la operación. Recuerda aplicar la retención fiscal correspondiente y anotarlo en contabilidad.
En definitiva, los administradores deben formular un estado contable en el que se ponga de manifiesto que existe liquidez suficiente para la distribución, que debe incluir posteriormente en la memoria.
La cantidad objeto de distribución no puede exceder de la cuantía de los resultados obtenidos desde el fin del último ejercicio, deducidas las pérdidas procedentes de ejercicios anteriores y las cantidades con las que se deban dotar las reservas legal y estatutaria, así como la estimación del impuesto a pagar sobre esos resultados.
Para repartir un dividendo a cuenta deben cumplirse, además, determinados requisitos que garanticen que la distribución no va a perjudicar el perfecto desarrollo de la actividad. Así, se exige:
- que exista liquidez suficiente para hacer frente a los pagos previstos en el corto plazo (un año);
- un cálculo de los beneficios obtenidos hasta el reparto, lo que supone un cierre del ejercicio parcial a esa fecha.
Riesgos y responsabilidades
El reparto de dividendos anticipado puede tener consecuencias. Si se hace mal, es posible que genere responsabilidad para los administradores.
Si se demuestra que no había beneficios reales o se comprometió la solvencia de la sociedad, los socios pueden verse obligados a devolver el dinero recibido y los administradores podrían responder por distribución irregular. Por otro lado, si no se aplicaron las retenciones fiscales, Hacienda puede imponer sanciones. El precierre no es un capricho, es la prueba de que actuaste conforme a la legislación.
Contabilidad y fiscalidad
Más allá de lo jurídico, el reparto anticipado tiene implicaciones contables y fiscales que hay que llevar al detalle.
En contabilidad, el pago se registra como “dividendos a cuenta” o “dividendos a pagar”. Cuando se aprueban las cuentas anuales, se regulariza el asiento en función del resultado real.
En el plano fiscal, esos dividendos tributan igual que los ordinarios, con retención del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades, según el tipo de socio. No olvides presentar el modelo 123 y reflejar la operación en la memoria de las cuentas del ejercicio.
En cualquier caso, para evitar problemas lo mejor que puedes hacer es consultar a un asesor legal o fiscal que te resolverá todas las dudas, como es el caso de Legálitas Negocios.
Preguntas frecuentes sobre reparto de dividendos anticipado
¿Puedes repartir dividendos a cuenta sin hacer un precierre?
La ley exige un estado contable que justifique la liquidez y los beneficios. Sin él, el reparto sería irregular y los administradores podrían responder personalmente.
¿Quién aprueba el reparto?
Puede hacerlo la junta general o el órgano de administración, según lo que indiquen los estatutos. En cualquier caso, el acuerdo debe documentarse.
¿Se necesita auditoría?
Solo si la sociedad está obligada a auditar sus cuentas o un socio lo solicita. Pero incluso sin obligación, es buena práctica que un profesional revise el precierre.
Referencias legales:
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio - Sociedades de capital
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas