El tratamiento del beneficio en las sociedades profesionales

09 Octubre 2025

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El tratamiento del beneficio en las sociedades profesionales

Las sociedades profesionales son una entidad jurídica diseñada para agrupar a profesionales que ejercen una misma actividad colegiada. Esta forma societaria se rige por la ley de sociedades profesionales, que establece las normas específicas para su constitución y funcionamiento.

Las SLP son especialmente comunes en ciertos sectores o industrias. Así que es fácil encontrarlas entre abogados, arquitectos, médicos, ingenieros y otros profesionales que deben estar colegiados para ejercer.

Precisamente las principales características de una SLP son:

  • Deben estar formadas por profesionales colegiados que ejerzan una actividad profesional.
  • Al menos el 51% del capital social y de los derechos de voto deben pertenecer a profesionales colegiados.
  • Los socios profesionales deben estar inscritos en el colegio profesional que les corresponda por su actividad.
  • La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado, excepto en casos de negligencia profesional.

Una de las cuestiones que más dudas genera entre quienes forman parte de estas sociedades es cómo se debe realizar el tratamiento del beneficio: qué se entiende por beneficio en este tipo de entidades, cómo se reparte entre los socios y qué obligaciones fiscales conlleva. Lo vemos, a continuación.  

¿Qué se entiende por beneficio en una sociedad profesional? 

El concepto de beneficio en una sociedad profesional hace referencia a la diferencia positiva entre los ingresos obtenidos y los gastos deducibles que la entidad soporta en el desarrollo de su actividad. 

La particularidad de este tipo de sociedades está en que los ingresos proceden directamente del ejercicio de una actividad profesional. Por lo tanto, la forma de determinar el beneficio dependerá de la facturación a los clientes por los servicios prestados, los gastos asociados al ejercicio profesional y las retribuciones satisfechas a los socios profesionales por su trabajo en la sociedad.  

La tributación de una sociedad limitada profesional, comúnmente, se realiza a través del Impuesto de Sociedades, como otras sociedades mercantiles.

En este sentido, una SLP tributa al tipo general del 25% sobre los beneficios obtenidos, salvo supuestos especiales de empresas de nueva creación que puedan aplicar un tipo reducido. Una vez satisfecho el impuesto, el beneficio neto se puede repartir entre los socios en forma de dividendos. 

Sin embargo, es importante tener en cuenta algunos aspectos específicos:

  • Deducciones fiscales. Las SLP pueden beneficiarse de deducciones fiscales por inversiones, I+D, formación, entre otros.
  • Gastos deducibles. Los gastos relacionados con la actividad profesional, como alquileres, suministros, material de oficina, sueldos y salarios son gastos deducibles del Impuesto de Sociedades.
  • Retenciones. Las SLP deben practicar retenciones a cuenta del IRPF a los socios que perciban rendimientos del trabajo o de actividades profesionales.

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¿Cómo cobran los socios en una SLP?

Pueden percibir sus retribuciones de diferentes maneras, dependiendo de su participación en la sociedad y de los acuerdos establecidos.

  1. Dividendos. Los socios pueden recibir dividendos en función de los beneficios obtenidos y de su porcentaje de participación en el capital social. Esta retribución está sujeta a una retención del 19% en el IRPF.
  2. Retribución por servicios profesionales. Los socios pueden facturar a la SLP por los servicios profesionales prestados, lo que requiere la correspondiente retención del IRPF. Es lo que llamamos honorarios profesionales y que estarán sujetos a una retención del 15%.
  3. Salario. En algunos casos, los socios pueden recibir un salario mensual por las funciones de gestión y administración que realicen en la sociedad, con la correspondiente cotización a la Seguridad Social como cualquier trabajador por cuenta ajena.

Lo que perciben como remuneración por servicios profesionales se considera rendimiento de actividades económicas en su IRPF. Además, lo que reciben como dividendos tributa en la base del ahorro (19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, y 27 % en adelante). 

¿Cómo se reparten los beneficios entre los socios?  

El reparto de beneficios en las sociedades profesionales no tiene por qué hacerse únicamente en función del capital que aporta cada socio. La Ley de Sociedades Profesionales permite que los estatutos establezcan otras fórmulas de distribución, siempre que estén relacionadas con la actividad profesional que desarrolla.  

Esto supone que: 

  • Los beneficios pueden repartirse en función del capital que tenga cada socio. 
  • También es posible aplicar otros criterios: volumen de trabajo, facturación, dedicación, captación de clientes o antigüedad en la sociedad.  
  • El sistema de reparto quede establecido en los estatutos de la sociedad.  

Aspectos fiscales del beneficio en sociedades profesionales 

La correcta gestión del beneficio en una sociedad profesional no solo depende de aplicar la ley, sino también de adoptar hábitos que favorezcan la transparencia y la confianza entre los socios. Por ello, a continuación, detallamos una serie de recomendaciones que ayudan a prevenir conflictos y a garantizar un reparto equilibrado:  

Separar cuentas personales y profesionales 

  1. Revisar de forma periódica los estatutos de la sociedad 
  2. Llevar la contabilidad de forma correcta 
  3. Buscar asesoramiento especializado. 

Preguntas frecuentes sobre sociedades profesionales 

¿Cómo se reparten los beneficios en una sociedad profesional? 

El reparto puede hacerse en proporción al capital aportado por cada socio o aplicando criterios adicionales como facturación, dedicación o captación de clientes. Lo importante es que quede regulado en los estatutos o en un pacto parasocial.

¿Es obligatorio repartir beneficios en función del capital social? 

La Ley de Sociedades Profesionales permite utilizar otros sistemas de distribución siempre que estén vinculados al ejercicio de la profesión y se recojan en los estatutos. 

¿Qué impuestos afectan al reparto de beneficios en sociedades profesionales?  

La sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades (25 %). Después, los socios tributan en el IRPF: las retribuciones como rendimientos de actividades económicas y los dividendos en la base del ahorro. 

¿Qué ocurre si no se regula el reparto de beneficios en los estatutos? 

Si no hay reglas claras, se aplicará el criterio general de participación en el capital. 

¿Es recomendable firmar un pacto parasocial? 

Este acuerdo privado permite detallar con más flexibilidad cómo se repartirán los beneficios, adaptándose mejor a las circunstancias reales de la sociedad. 

¿Por qué conviene contar con asesoramiento especializado? 

Porque un abogado mercantilista y un asesor fiscal pueden ayudarte a diseñar estatutos claros, evitar conflictos internos y cumplir con todas las obligaciones tributarias sin riesgos ante Hacienda. Contacta con Legálitas Negocios y te asesoraremos desde el primer momento, para que tu sociedad profesional crezca de forma estable y segura. 

Referencias Legales 

Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales 

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