¿Puedo cobrar a mis clientes con Bizum?: Implicaciones fiscales para autónomos y PYMEs
07 Mayo 2025

El pago por móvil también ha llegado a las PYMEs y autónomos. Pero ¿cómo se declaran los ingresos recibidos por Bizum? ¿Qué dice la legislación española al respecto?
Las soluciones de pago al instante a través del móvil han revolucionado la forma en que gestionamos las transacciones personales. También empiezan a hacerlo en el entorno profesional. En España, desde su nacimiento en 2016, Bizum se ha convertido en la herramienta de pago más utilizada. Los datos así lo confirman: según la propia empresa, en 2024 se realizaron cerca de tres millones operaciones diarias por la aplicación, o lo que es lo mismo, se recibieron 35 bizums cada segundo. ¿Es posible usarlas en nuestros pagos y servicios profesionales? ¿Cómo tributan?
¿Es legal cobrar a los clientes mediante Bizum?
Sí. Es completamente legal que autónomos y PYMEs utilicen Bizum como método de cobro. Es más, se está convirtiendo en una fórmula cada vez más empleada gracias a la sencillez, la agilidad del pago y la inmediatez con que se recibe.
La evolución de la forma de consumo y las nuevas necesidades de empresas y usuarios motivaron que, tres años después de su nacimiento y ante la expansión del comercio electrónico, Bizum apostara por una nueva solución que te permite diferenciar tus transacciones personales de las obtenidas por el rendimiento de tu trabajo: Bizum profesional.
Si no lo has usado nunca, el proceso es muy simple: basta con que vincules tu número de teléfono a un número de cuenta IBAN para poder utilizarlo personal o profesionalmente. Hoy, todos los grandes bancos españoles tienen integrado el sistema, por lo que si tienes una cuenta en las principales entidades podrás disfrutar del servicio.
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¿Qué es Bizum profesional?
Se trata de una solución específica para autónomos y empresas, que permite integrar el sistema de pago en los negocios. Gracias a ella, los consumidores pueden pagar los productos o servicios directamente desde su móvil. El sistema facilita también que los profesionales por cuenta propia puedan cobrar sus servicios de forma más ágil e inmediata. ¿Quieres activarlo? Simplemente debes contactar con tu entidad bancaria y darte de alta como empresa.
Bizum profesional ofrece diferentes opciones de pago que se adaptan a las necesidades de cada empresa o autónomo:
- A partir de la app específica de tu banco. De una forma muy similar a la del Bizum entre particulares, permite enviar solicitudes de pago y recibir el dinero desde la propia aplicación.
- Bizum para las tiendas online. Los ecommerce pueden integrar Bizum en la plataforma correspondiente, permitiendo que los clientes paguen de esta forma y tú recibas el importe de forma inmediata.
- Pago presencial mediante QR o enlace. El sistema genera un link o un código QR que se envía al cliente para que complete el pago.
¿Cómo se declaran los ingresos recibidos por Bizum?
Según recogen el Artículo 27 de la Ley del IRPF y el Estatuto del Trabajador Autónomo (Ley 20/2007), los ingresos obtenidos como parte de una actividad económica, independientemente del medio por el cual se reciban, deben ser declarados ante la Agencia Tributaria. Esto incluye los pagos recibidos a través de Bizum, que están sujetos a los mismos impuestos que otras transacciones profesionales. En otras palabras: cuando operas con Bizum de forma profesional debes seguir los mismos trámites fiscales que si hubieras recibido el pago con una tarjeta o una transacción bancaria.
En el caso de los autónomos, cada pago recibido por Bizum tiene que ir acompañado por su correspondiente factura, con el IVA desglosado, siempre que proceda, y los datos fiscales del emisor y receptor. Además, estos ingresos deben incluirse en los diferentes modelos que presentar según el calendario anual de pymes y autónomos. Por otro lado, existe la obligación de registrar cada operación en el libro de ingresos.
Consejos para estar gestionar los Bizum recibidos por tu actividad económica
Todos los pagos por Bizum tienen una trazabilidad que puede ser rastreada por Hacienda, que puede detectar errores u omisiones conscientes en la fiscalidad de tu negocio. Te dejamos varias recomendaciones que te ayudarán a cumplir con la normativa y evitar fallos, especialmente útiles si desarrollas una actividad como autónomo:
- Usa una cuenta bancaria profesional para los cobros vinculados a tu actividad económica. Así evitarás posibles confusiones con los Bizum que puedas recibir en tu vida diaria.
- Emite factura por cada cobro. Es posible que, para mantener tu propio control, te resulte útil incluir en las mismas el concepto "pago mediante Bizum" y los datos fiscales del cliente.
- Vincula el justificante de Bizum a la factura: Guarda el comprobante de la transacción con los datos fundamentales para poder identificar la factura; es decir, fecha, importe y número de teléfono asociado.
Declarar los Bizum en la Renta 2024
Ya lo sabes, aunque Bizum sea una forma muy novedosa y cómoda de recibir dinero, a ojos de Hacienda es simplemente un medio de pago. Por tanto, si has recibido ingresos por Bizum relacionados con tu actividad económica, tienen que incluirse en tu declaración anual de la renta como cualquier otro ingreso profesional. Veamos cómo hacerlo en función de si estás dado de alta como trabajador por cuenta propia o como sociedad.
Cómo declarar si eres autónomo
Los ingresos recibidos por Bizum se suman al resto de tus ingresos profesionales y deben declararse en el modelo 100 (IRPF), dentro del apartado de rendimientos de actividades económicas. Si estás en estimación directa simplificada o normal, los incluirás en la contabilidad del año correspondiente y se reflejarán como parte del total de tus ingresos. Además, si estás obligado a presentar modelo 390, es decir, el resumen anual de IVA, también debes reflejar el total facturado, incluyendo los cobros por Bizum a lo largo del año.
Declaración si eres empresa (sociedad)
En ese caso, los ingresos por Bizum deben registrarse en la contabilidad oficial de la empresa y se incluirán en el Impuesto sobre Sociedades (modelo 200), en el ejercicio fiscal correspondiente. Al igual que con otros cobros, debes emitir factura por cada operación y los ingresos tienen que integrarse en el resultado contable anual de la empresa.
¿Tienes dudas sobre cómo se deben declarar los bizum? Consulta nuestros planes de negocios de Legálitas y un gestor personal te ayudará durante todo el procedimiento.
¿Existen límites en las transacciones de Bizum para profesionales?
Bizum establece ciertos límites en las transacciones, que varían según la entidad bancaria. Por regla general, existe un importe mínimo de 0,50 euros por operación y máximo de 1.000 euros por operación. El banco del pagador es el encargado de disponer la cantidad máxima mensual y diaria que puede recibirse, que suele ser superior en los casos del Bizum profesional.
¿Qué control ejerce Hacienda sobre los pagos recibidos por Bizum?
Tras la modificación por Real Decreto 253/2025, de 1 de abril de los artículos 38 bis, que establece la obligación de informar acerca de los cobros efectuados mediante cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil, y 38 ter, sobre la Obligación de informar acerca de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, la Agencia Tributaria ha intensificado la vigilancia y control sobre las transacciones electrónicas -incluyendo las realizadas a través de Bizum-.
De modo que las entidades bancarias estarán obligadas a enviar un informe mensual a Hacienda sobre el importe mensual cobrado por empresarios y profesionales en el desarrollo de su actividad económica a través de tarjetas o cobros asociados a un número de teléfono móvil (Bizum), sea cual sea el importe. Aunque esta obligación de información a la Agencia Tributaria para las entidades bancarias entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y será de aplicación, por primera vez, en relación con las declaraciones informativas correspondientes a 2026 que deban presentarse a partir de dicha fecha, tal y como lo establece la orden ministerial por la que se aprueben los modelos correspondientes.
Pero, con independencia de esta obligación, cualquier empresario o profesional que realice cobros de sus facturas o ventas mediante Bizum tiene la obligación de declarar dichos ingresos como cualquier otro ingreso derivado de la actividad económica desarrollada sea cual sea el medio de cobro utilizado (tarjeta, transferencia, Bizum, efectivo, etc.)
¿Qué sanciones pueden derivarse de no declarar los ingresos por Bizum?
Las transferencias ocasionales entre particulares no están sujetas a declaración, pero sí todas aquellas vinculadas a una actividad económica. Y, como cualquier otro incumplimiento de las obligaciones tributarias, el hecho de no de declarar los ingresos recibidos por Bizum por parte de los empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad, queda sometido al régimen de infracciones y sanciones tributarias previsto en la Ley General Tributaria, lo que implica diferentes multas en función de la deuda tributaria que resulte de declarar correctamente la cantidad no declarada.
En términos generales, aunque depende de la infracción cometida, las multas podrían oscilar entre el 50% cuando la base de la sanción no supere los 3.000 euros (infracción leve); entre el 50% o el 100% cuando la base de la sanción supere los 3.000 euros o haya ocultación (infracción grave), y entre 100% al 150% cuando se hayan utilizado medios fraudulentos (infracción muy grave). Puede incluso ser considerado delito fiscal cuando la cuota defraudada supere los 120.000 euros, pudiendo conllevar pena de prisión y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía.
Bizum ofrece una forma rápida y cómoda de recibir pagos y su uso en el ámbito profesional requiere cumplir con las obligaciones fiscales y contables habituales. La gestión de estos ingresos exige que pongas atención en todos los trámites para evitar que tengas problemas con la Agencia Tributaria.
Referencias legales:
Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo.