Qué es la papeleta de conciliación y cómo actuar si un empleado la presenta

19 Septiembre 2025

Por Dolores Justo Abogada experta en Trabajo

Nº colegiada 61037

FacebookwhatsappXLinkedInEmail
Qué es la papeleta de conciliación y cómo actuar si un empleado la presenta

En el ámbito laboral, los conflictos entre empresas y trabajadores son relativamente frecuentes. Despidos, reclamaciones de salarios, modificaciones de condiciones de trabajo o incumplimientos contractuales son algunas de las causas más habituales que pueden generar discrepancias. En estos casos, antes de acudir a los tribunales, existe un trámite previo y obligatorio en la mayoría de los supuestos: la papeleta de conciliación.

En este artículo, vamos a ver qué es la papeleta de conciliación, cuándo se utiliza, qué plazos se tienen que respetar, y qué pasos debe seguir una empresa cuando recibe una. 

¿Qué es una papeleta de conciliación? 

La papeleta de conciliación es un escrito formal a través del cual un trabajador comunica a la autoridad competente, el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) o el órgano autonómico equivalente, que desea iniciar un procedimiento de conciliación frente a su empresa.

La finalidad de esta papeleta de conciliación es intentar resolver un conflicto laboral sin necesidad de acudir directamente a los tribunales, fomentando el acuerdo entre las partes.

Supuestos donde es frecuente presentar la papeleta de conciliación 

Los casos en los que es frecuente y obligatorio presentar la papeleta de conciliación son los siguientes: 

  • Reclamaciones de salarios
  • Despidos 
  • Reconocimiento de derechos (por ejemplo cuando solicitamos que se nos reconozca el derecho a percibir un complemento de antigüedad)
  • Sanciones disciplinarias impuestas por la empresa

Menos gestiones es más tiempo para tu negocio.

Simplifica tu día a día. Déjanos a nosotros todo el papeleo.

Infórmate ahora

Supuestos en los que no es necesario presentarla 

Los supuestos en los que no es necesario presentar la papeleta de conciliación son los siguientes: 

  • Procedimientos de Seguridad Social 
  • Vacaciones
  • Procedimientos de conciliación familiar como denegación de reducción de jornada o guarda legal y adaptación de jornada por conciliación.
  • Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.

Plazos para presentar la papeleta de conciliación 

Los plazos más habituales para presentar la papeleta de conciliación son los siguientes: 

  • 20 días hábiles en caso de despido o sanción.
  • 1 año para reclamaciones de cantidad (nominas mensuales pagas extra, etc.).

La presentación de la papeleta de conciliación interrumpe los plazos de prescripción y suspende los de caducidad. En este sentido, en los procedimientos de despidos y sanciones, el plazo de los 20 días laborables se suspende desde el día que presentamos la papeleta de conciliación como máximo durante 15 días laborables. Si pasan los 15 días laborales y no nos han citado o nos citan mas tarde, es muy importante tener en cuenta que el plazo sigue corriendo y tendríamos que presentar demanda en el juzgado, para no que nos caduque la acción.

En todo caso, transcurridos treinta días hábiles, sin haberse celebrado el acto de conciliación o sin haberse iniciado mediación o alcanzado acuerdo en la misma se tendrá por terminado el procedimiento y cumplido el trámite.

¿Qué datos debe contener la papeleta de conciliación? 

La papeleta de conciliación se estructura de la siguiente manera:

Identificación de las partes 

En este apartado se debe indicar los siguientes extremos: 

  • Nombre, apellidos y DNI del trabajador
  • Nombre, CIF y domicilio fiscal de la empresa

Descripción de la relación laboral entre empresa y trabajador

En este punto, es conveniente destacar: 

  • Tipo de contrato de trabajo
  • Actividad que desempeña el trabajador en la empresa
  • Jornada de trabajo
  • Antigüedad del trabajador en la empresa 
  • Salario percibido
  • Convenio colectivo aplicable 
  • Si es representante de los trabajadores.
  • Número de trabajadores aproximado de la empresa.

Hechos que motivan la reclamación

Exposición ordenada, clara y concisa sobre los hechos que motivan la reclamación laboral, incluyendo la fecha de los hechos, causas del mismo, etc.

Petición concreta

Es decir, lo que solicita el trabajador (reconocimiento del despido improcedente, nulo o ambas, cantidades a reclamar, derechos ect.)

Lugar, fecha y firma 

La papeleta de conciliación deberá ir firmada por el trabajador que la presenta.

¿Qué ocurre después de presentar la papeleta de conciliación? 

Una vez registrada la papeleta, el SMAC cita a las partes, empresa y trabajador, a un acto de conciliación, que consiste en una reunión supervisada por un letrado conciliador.

En dicho acto pueden producirse tres resultados: 

  1. Con avenencia: ambas partes llegan a un acuerdo. Este acuerdo tiene la misma fuerza que una sentencia judicial.
  2. Sin avenencia: no se alcanza un pacto, lo que abre la puerta a que el trabajador presente demanda ante el Juzgado de lo Social.
  3. Intentada sin efecto: cuando una de las partes no acude al acto de conciliación. 

¿Cómo debe actuar una empresa si un empleado presenta una papeleta de conciliación?

Los pasos que debe dar una empresa, en el caso que un empleado le presente una papeleta de conciliación, son los siguientes: 

  1. Revisar la papeleta: Al recibir la notificación, es fundamental analizar en detalle el contenido del escrito: qué hechos se exponen, qué solicita el trabajador y cuál es la base de su reclamación.
  2. Consultar un abogado laboralista: Contar con asesoramiento especializado es esencial. Un abogado podrá valorar la viabilidad de la reclamación, preparar la estrategia de defensa y asesorar sobre la conveniencia de alcanzar un acuerdo o ir a juicio.
  3. Preparar toda la documentación: La empresa debe reunir todos los documentos relacionados con el conflicto: contrato, nóminas, comunicaciones previas, sanciones, justificantes de pago, etc.
  4. Valorar la posibilidad de acuerdo y asistir al acto de conciliación. 
  5. Tanto si hay acuerdo como si no, el resultado del acto de conciliación se plasma en un acta firmada por las partes. En caso de avenencia, la empresa debe cumplir lo pactado en los plazos acordados.

Consecuencias de no llegar a un acuerdo en el acto de conciliación

Si no hay avenencia, el trabajador podrá presentar demanda judicial. En este escenario:

  • La empresa se verá inmersa en un procedimiento judicial. 
  • En el caso de perder el juicio, las consecuencias económicas para la empresa pueden ser más elevadas que el acuerdo inicial.
  • La resolución quedará en manos de un juez. 

Preguntas frecuentes sobre la papeleta de conciliación

  1. ¿Cuándo es obligatorio presentar una papeleta de conciliación?

    En la mayoría de los conflictos laborales individuales: despidos, reclamaciones de salarios, sanciones, y reconocimiento de derechos. Solo en casos excepcionales (como reclamaciones de Seguridad Social materias de conciliación familiar, vacaciones y modificaciones sustanciales de contrato de trabajo) se presenta directamente demanda en el juzgado.

  2. ¿Cuáles son los plazos para presentar la papeleta de conciliación? 

    Depende del tipo de conflicto: 

  • 20 días: para despidos y sanciones
  • 1 año: para reclamaciones de salario y cantidades adeudadas
  1. ¿Quién debe acudir al acto de conciliación?

    Deben asistir tanto el trabajador (o su representante) como la empresa (a través de su representante legal o abogado). Si la empresa no acude, puede resultar perjudicada en un posterior juicio.

  2. ¿Qué ocurre si la empresa no acude al acto de conciliación?

    El acto se celebra igualmente y se deja constancia de la incomparecencia. Esto no impide que el trabajador acuda después a los tribunales y puede influir negativamente para la empresa en la valoración judicial.

  3. ¿Y si no hay acuerdo en el acto de conciliación? 

    El trabajador puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. En ese caso, será un juez quien decida el conflicto.

  4. ¿El acuerdo alcanzado en conciliación es vinculante?

    Tiene la misma validez que una sentencia judicial y obliga a ambas partes. En los casos de despido si tenemos duda sobre la posible insolvencia de la empresa no debemos de pactar nada en este acto pues en ese caso el FOGASA no se haría cargo de la indemnización. Solo puede impugnarse en casos muy concretos, como que haya habido vicio en el consentimiento o que el contenido sea ilegal. 

  5. ¿Se necesita abogado para acudir al acto de conciliación? 

    No es obligatorio, pero sí recomendable. Contar con un abogado laboralista especializado puede marcar la diferencia entre un acuerdo favorable o un procedimiento judicial más complejo y costoso. En Legálitas Negocios podemos ayudarte en todo este proceso. 

Referencias legales

Ley 30/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

 

Dolores Justo
Dolores Justo Abogada experta en Trabajo

Nº colegiada 61037

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

COMENTARIOS

HTML Restringido

  • Etiquetas HTML permitidas: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
  • Las direcciones de correos electrónicos y páginas web se convierten en enlaces automáticamente.

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes