Creación de empresas en España por ciudadanos no residentes
14 Mayo 2025

¿Estás pensando en montar tu propio negocio en España, pero no resides aquí? Si crees que hay nicho de mercado para tu proyecto, ponte manos a la obra. España es un país abierto al emprendimiento internacional y en los últimos años ha modernizado sus leyes para facilitar la llegada de inversores y empresarios extranjeros.
Cualquier persona, independientemente de su origen, puede crear una empresa en el país. La legislación española permite que tanto ciudadanos residentes como no residentes puedan desarrollar una actividad empresarial siempre y cuando cumplan con los trámites necesarios.
Esta posibilidad está abierta tanto a personas físicas como jurídicas, lo que significa que tanto un particular como una empresa extranjera pueden establecer un negocio en territorio español. Sin embargo, los pasos a seguir y los requisitos varían dependiendo del origen y el deseo de establecer o no su domicilio en el país.
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Diferencias entre ciudadanos comunitarios y no comunitarios
Los trámites para emprender varían de forma considerable si procedes de un país perteneciente a la Unión Europea o de fuera de ella. Te los detallamos para que no te encuentres con sorpresa alguna al poner en marcha tu negocio.
Emprender si eres ciudadano de la UE
Al estar dentro de un mercado común, es más fácil para estos ciudadanos emprender en España. Como ciudadano europeo, la libre circulación de personas y capitales dentro del territorio comunitario te ofrece una ventaja muy significativa para poner en marcha tu negocio.
En primer lugar, no necesitas visado para entrar a España ni para estancias largas; te basta con tu pasaporte o documento de identidad. Muy probablemente esto ya lo sabías. Pero… ¿y si deseas emprender? En España, es imprescindible que obtengas el NIE (Número de Identificación de Extranjero), que permite que hagas cualquier trámite fiscal, bancario o administrativo en el país.
Una vez obtenido, puedes iniciar los trámites para constituir tu empresa. Si deseas residir en España de manera prolongada, basta con inscribirse en el Registro Central de Extranjeros, que te otorga el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea. Con él podrás realizar la actividad laboral y acceder a la seguridad social sin complicaciones.
Emprender si eres de fuera de la Unión Europea
Los trámites para las personas extracomunitarias son algo más complejos, ya que se requieren permisos específicos para residir y trabajar. El primer paso es, también, obtener el NIE, que, en este caso, estará vinculado al tipo de visado.
En España existen dos normativas recientes que estimulan el emprendimiento y, en consecuencia, la llegada de talento y empresarios extracomunitarios: la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización y la Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocida popularmente como ley de startups.
Uno de los aspectos más interesantes de estas normativas es que facilitan la residencia en España de las personas que deseen desarrollar un proyecto innovador. De esta forma, puedes obtener un visado especial o una autorización de residencia durante tres años que además pueden prorrogarse. Para conseguirlo necesitas demostrar varios requisitos.
- Has de demostrar que vas a llevar a cabo un proyecto con interés económico que aporta valor a la economía española en materia de inversión, innovación, o empleo y obtener la valoración favorable de ENISA (Empresa Nacional de Innovación), encargada de evaluar la viabilidad del proyecto.
- Tienes que presentar documentos de identificación personal y otros de acreditación de fondos y pago de tasas.
- Como decíamos, la duración inicial del permiso para emprendedores será de tres años, y podrá renovarse el negocio sigue activo. Este permiso te permitirá residir y trabajar en España legalmente, y podrás traer a tu familia bajo el mismo régimen.
Ya lo sabes: si tienes los papeles en regla, puedes constituir tu sociedad sin que tu condición de extranjero sea un impedimento. Ahora bien, como es lógico, debes cumplir una serie de requisitos.
- NIE válido. Toda persona física extranjera debe tramitar su NIE ante la Policía Nacional, Oficina de Extranjería u Oficina Consular. Sin NIE no podrás constituir la sociedad ni realizar ningún acto económico en España. El trámite es sencillo: pide cita, paga la tasa EX-15 y en unos días obtendrás tu Número de Identidad de Extranjero.
- NIF para personas jurídicas extranjeras. Si el socio extranjero es una persona jurídica, también debe obtener un NIF español propio. Además, al crear una empresa por ciudadanos no residentes en España deberá nombrar un representante fiscal en el país. Este trámite se realiza en la Agencia Tributaria mediante cita previa
- Ausencia de antecedentes penales. Para residir o tramitar visados en España, la Ley de Extranjería exige que no tengas antecedentes penales en España ni en los países donde se ha residido previamente. Los antecedentes se corresponden con delitos contemplados en el Código Penal español.
- Solvencia económica y plan de negocio. La Ley de Emprendedores introdujo el visado de emprendedor o inversor. Según este, si eres una persona extracomunitaria y deseas montar una empresa en España, debes demostrar inversión y solvencia. En otras palabras, has de evidenciar que puedes cubrir la inversión inicial y que tu proyecto creará empleos en España.
- Cumplimiento de normas sectoriales. Ten en cuenta que algunos sectores estratégicos tienen restricciones para inversiones extranjeras. Por ejemplo, la normativa de inversiones extranjeras suspende el régimen de inversiones extranjeras en aquellas actividades que estén relacionadas con la defensa nacional. En otras palabras: si tu empresa opera en áreas sensibles, deberás obtener autorización previa del gobierno.
Tipos de empresa que puedes crear en España
España ofrece una amplia variedad de formas jurídicas para constituir un negocio. Dependiendo de la inversión inicial, el número de socios y el tipo de actividad, puedes elegir entre diferentes estructuras empresariales. La más común para emprendedores es la Sociedad Limitada (SL), que permite limitar la responsabilidad de los socios al capital aportado. Esta modalidad ofrece gran flexibilidad y una gestión sencilla.
Si planeas un proyecto de mayor envergadura, puedes optar por una Sociedad Anónima (SA), que requiere un capital mínimo de 60.000 euros, pero facilita el acceso a inversores.
También existe la posibilidad de trabajar como autónomo, una opción más simple y con menor carga administrativa.
La realidad es que, a menos que pretendas que, desde sus inicios, tu negocio vaya a ser de muy grandes dimensiones o tenga previsto cotizar en Bolsa, bastará con la SL. También existen otras figuras, pero las regulaciones para extranjeros suelen ser más complejas para ellas. Te señalamos las principales.
- Sucursal. Establecimiento secundario de una empresa extranjera. Actúa en nombre de la matriz y requiere su inscripción en el Registro Mercantil y un representante residente en España.
- Filial. Es una empresa independiente, que, pese a estar controlada por la empresa matriz, tiene personalidad jurídica propia. Tiene responsabilidad legal y patrimonio propio.
- Unión Temporal de Empresas (UTE). Varias empresas, ya sean españolas o extranjeras, se unen temporalmente para llevar a cabo un proyecto o actividad específica limitada en el tiempo. Es muy habitual en proyectos muy grandes.
Paso a paso: cómo crear tu empresa en España
Si con esa información ya estás decidido a poner en marcha tu negocio, es el momento de que conozcas el proceso para constituir una empresa en España. Hay unos trámites bien definidos, que permitirán que tu negocio esté debidamente registrado y cumpla con todas las normativas:
- Reserva del nombre. En primer lugar, solicita la denominación social al Registro Mercantil Central (RMC). Es gratuito y se hace por internet o en la sede del RMC. Elige varios nombres alternativos y obtén el certificado oficial que acredita que tu nombre está disponible.
- Obtención del NIE. Es el identificador fiscal en España, necesario para cualquier trámite empresarial. Se puede solicitar en España o en el consulado español del país en el que vives.
- Certificación negativa del nombre. A través del Sección de Denominaciones del Registro Mercantil Central, se verifica la exclusividad de la denominación de tu empresa.
- Apertura de una cuenta bancaria en España. Es obligatorio que deposites el capital social mínimo en una cuenta a nombre de la futura empresa.
- Redacción de estatutos y escritura pública. Acude a un notario para otorgar la escritura de constitución. Lleva el certificado de denominación, el certificado de depósito bancario y tus documentos (NIE/pasaporte). La escritura incluirá los estatutos sociales, los datos de los socios fundadores y la designación de administradores. No es necesario que los fundadores extranjeros estén físicamente presentes: pueden otorgar poder a un representante local con traducción y apostilla.
- Inscripción en el Registro Mercantil. Presenta la escritura firmada (con el modelo 600) en el Registro Mercantil provincial donde radicará la sociedad.
- Obtención del NIF definitivo y altas fiscales. Tras la inscripción, solicita el NIF definitivo de la empresa. Esto se hace mediante el formulario 036 en la Agencia Tributaria. Al mismo tiempo, da de alta la actividad económica. El modelo 036 es el “carné fiscal” de la sociedad. A partir de ese momento podrás emitir facturas, contratar empleados y cumplir obligaciones tributarias.
- Alta en Hacienda y Seguridad Social. Es el último paso para iniciar la actividad económica de manera formal.
- El Real Decreto 571/2023 señala que es necesario declarar en el Registro de Inversiones Exteriores cualquier constitución de sociedad española con capital extranjero relevante.
Si tienes dudas sobre cómo emprender y los pasos a seguir, consulta nuestros planes de negocios de Legálitas y un gestor personal te ayudará.
¿Es necesario residir en España para emprender?
¿Qué sucede si deseas abrir en España, pero no tienes la intención de residir en el país una vez que hayas puesto en marcha el negocio? ¿Puedes hacerlo? La respuesta es sí. Además, todos sabemos que, hoy en día, la digitalización y las comodidades para hacer trámites online hace aún más fácil que personas como tú dirijáis vuestros proyectos sin necesidad de estar físicamente en el territorio español.
La ley española permite a los no residentes constituir sociedades y desarrollar actividades empresariales siempre que se cumplan los requisitos legales. Sin embargo, es importante que tengas en cuenta que deberás designar un representante fiscal residente en España para gestionar las obligaciones tributarias y administrativas.
Esta figura será tu intermediario ante la Agencia Tributaria, facilitando la presentación de impuestos, la recepción de notificaciones oficiales y la gestión de cualquier trámite administrativo necesario. Además, se encargará de asegurar el cumplimiento de las normativas fiscales en tiempo y forma. El representante te permitirá, asimismo, mantener una correcta comunicación con las autoridades españolas.
Obligaciones fiscales de las empresas si no resides en España
Si decides emprender en España sin residir en el país, estarás sujeto al Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), que grava los ingresos obtenidos en territorio español. Se trata de un impuesto que se aplica sobre los beneficios generados por tu negocio. Ten en cuenta que las empresas no residentes tributan únicamente por los beneficios obtenidos en territorio español, no por su renta global.
En el caso de que, aunque tú no seas residente, operes a través de una Sociedad Limitada (SL), la empresa deberá tributar por el Impuesto de Sociedades. Aparte de eso, en función del tipo de empresa también tendrás que cumplir con otras obligaciones, como la declaración trimestral del IVA si realizas operaciones en España sujetas a este impuesto, así como la presentación de modelos fiscales informativos como, por ejemplo, el Modelo 303.
¿Y qué ocurre si cuentas con empleados en España? Como cualquier empresario, tendrás gestionar sus cotizaciones a la Seguridad Social y cumplir con la normativa laboral vigente.
Referencias legales:
Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.
Real Decreto 571/2023, de 4 de julio, sobre inversiones exteriores