¿Cómo reclamar mutualidades antiguas a Hacienda?
28 Mayo 2024
Nuestros abogados expertos analizan cómo se pueden reclamar las mutualidades antiguas a Hacienda, tras la Sentencia del Tribunal Constitucional.
El Tribunal Supremo aclara cómo los jubilados deben reclamar las aportaciones a las antiguas mutualidades
Las recientes Sentencias del Tribunal Supremo se pronuncian sobre la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del IRPF a las pensiones que reciben los contribuyentes que han cotizado a una Mutualidad Laboral. En definitiva, supone una menor tributación en IRPF ya que una parte de la pensión que perciben no tributará.
La Sentencia se pronuncia sobre la Mutualidad Laboral de la Banca, pero sería extensible al resto de mutualidades que tengan las mismas características.
Las aportaciones/cotizaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca a partir del 1 de enero de 1967 y hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.
Es por eso que resulta procedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importe de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas.
¿Es este tu caso?
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Las primeras resoluciones recibidas por parte de la Agencia Tributaria aplicaban una reducción del 100% de la parte proporcional de la pensión correspondiente a los años cotizados hasta el año 1967 y una reducción del 25% por la parte proporcional de la pensión generada entre los años 1967 y 1978. Por lo tanto, todos los que comenzaron a cotizar antes del año 1967 son beneficiados ya que se respeta la reducción reconocida hasta el año 1967 y se amplía con el resto de los años hasta 1978 aunque en un porcentaje menor.
A raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo nº 47/2024, de 10 de enero de 2024, la fórmula de cálculo de la reducción ha cambiado. Esta normativa establece que para calcular el porcentaje que resulta de aplicación debe considerarse únicamente el período en el que se produjeron las cotizaciones que permitieron alcanzar el 100% de la pensión.
El Tribunal argumenta que la tesis de sólo considerar los 35 años máximos de cotización necesarios para alcanzar el 100% del porcentaje de la misma (12.775 días) es la procedente y conforme a un tratamiento equitativo, puesto que impide que a mayor tiempo trabajado y cotizado no se produzca un empeoramiento para los que más han aportado al sistema de Seguridad Social. Este criterio se está aplicando de manera generalizada desde su publicación.
¿Quién puede reclamar las mutualidades antiguas?
Los contribuyentes que perciban pensiones de la Seguridad Social que hayan realizado aportaciones a una Mutualidad Laboral antes de 1978. En estos casos, se podrá solicitar la rectificación de las declaraciones de la renta de los cuatro últimos ejercicios, es decir, solo se pueden solicitar la rectificación de los ejercicios fiscales no prescritos.
¿Qué requisitos debes cumplir para poder reclamarlas?
Debes ser pensionista, haber realizado aportaciones a una Mutualidad Laboral antes de 1978.
En la actualidad, la AEAT ha habilitado un sencillo formulario que permite canalizar todas las solicitudes para su resolución a partir de la información de la que dispone la Agencia Tributaria, así como de la información sobre la vida laboral de los solicitantes que la AEAT recaba de la Seguridad Social y otros organismos.
Por lo tanto, no será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentación, puesto que, en general, la AEAT ya cuenta con la información precisa para la resolución de la solicitud.
No obstante, en el caso de que no sea posible resolver una solicitud concreta con la información disponible se podrá requerir de los interesados a posteriori la aportación de la documentación que resulte necesaria.
Tanto el formulario de solicitud como la información relativa a este proceso se pondrá a disposición de los interesados a través de la sede electrónica de la AEAT.
Este formulario se podrá utilizar para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023, si bien para 2023, en la mayoría de los casos, el cálculo ya aparecerá en Renta Web y el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración.
Para aquellos casos en los que la AEAT no cuente con información suficiente, no podrá ofrecer el cálculo en los datos fiscales, pero para solicitar el ajuste será suficiente con presentar el mismo formulario utilizado para los años anteriores.
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¿Cómo debes reclamarlas?
La manera más sencilla para reclamarlo es solicitando la rectificación de tu declaración de renta presentando un recurso o solicitud de rectificación. ¿Necesitas ayuda con este trámite? Nuestros abogados expertos de Legálitas te ayudarán a presentar este recurso de la forma más rápida y sencilla. ¿Quieres saber cómo? ¡Consulta más información aquí!
No obstante, se puede solicitar de dos formas:
- Presentando una declaración rectificativa de cada de las declaraciones afectadas (cuatro últimos ejercicios).
- Solicitando la rectificación de tu autoliquidación accediendo nuevamente a tu expediente de Renta a través de Renta WEB, marcando la casilla de solicitud de rectificación. En estos casos podrás rectificar directamente los datos en la declaración presentada en su momento. Por si necesitas ampliar la información sobre este tema, no dudes en consultar todas las novedades en la declaración de la renta.
Si la persona que lo puede reclamar ha fallecido, ¿pueden reclamarlas los herederos universales?
En caso de necesitar realizar la declaración de la renta de una persona que ha fallecido, los herederos podrán iniciar el procedimiento de rectificación acreditando su condición de herederos. Aunque en este caso la AEAT antes de realizar el pago podrá pedirnos que justifiquemos que hemos incluido el importe de la devolución en la liquidación del Impuesto de Sucesiones. Y si ya la hemos presentado, tendríamos que hacer una declaración complementaria del ISD incluyendo el importe de la devolución.
Por otro lado, sabes si ¿mi marido o esposa tienen derecho a la herencia de mis padres?"
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¿Qué mutualistas pueden reclamar a Hacienda?
Pueden reclamar todos los pensionistas que hubieran realizado aportaciones a una Mutualidad Laboral y que actualmente perciban una pensión de la Seguridad Social derivada, total o parcialmente, de esas cotizaciones.
Entre las mutualidades más comunes podemos encontrar:
- Mutualidad Laboral de la Banca
- Mutualidad Laboral de la Construcción
- Mutualidad de Telefónica
- Mutualidad de Empleados de Iberia
- Mutualidad Laboral de RENFE
- Mutualidades de antiguos funcionarios, como MUFACE, ISFAS o MUGEJU, en determinados casos.
Corresponde una reducción del 100% de la parte proporcional de la pensión correspondiente a los años cotizados hasta el año 1967 y una reducción del 25% por la parte proporcional de la pensión generada entre los años 1967 y 1978.
La fórmula de cálculo de la reducción ha cambiado a raíz de la STS nº 47/2024, de 10 de enero de 2024 que establece que para calcular la parte de nuestra pensión a la que resulta de aplicación las reducciones, ha de tomarse en consideración únicamente el período máximo de cotizaciones necesarias que han permitido alcanzar el 100 por 100 de la pensión, con independencia de los días realmente cotizados.
Hay que añadir, además, que estas reclamaciones también pueden presentarlas los herederos si el titular de la pensión ha fallecido, siempre que se acredite su condición y, en su caso, se regularice el importe recibido en el Impuesto de Sucesiones.
¿Cómo saber si tengo derecho a la devolución de mutualidades?
Para saber si se puede reclamar, primero hay que comprobar si estamos pagando impuestos por nuestra pensión y si se hicieron aportaciones a una mutualidad laboral. Se puede hacer de varias formas:
- Consultando la vida laboral: en la Seguridad Social se puede solicitar un informe completo donde consten los períodos cotizados.
- Revisando las nóminas o certificados antiguos de empresa, especialmente si se trabajó en entidades públicas o grandes corporaciones.
- Examinando la resolución de la pensión: en algunos casos figura el origen de las cotizaciones.
- Contactando con la mutualidad o sus sucesoras, si aún existen.
En la actualidad Hacienda ya dispone de esa información, y por tanto el proceso será más sencillo. Solo hay que rellenar el formulario habilitado por la Agencia Tributaria para este fin, que está disponible en la sede electrónica, sin necesidad de adjuntar documentación adicional.
¿Cómo debes reclamarlas?
En primer lugar, en relación con la Declaración de la Renta del ejercicio 2023 y siguientes, la Agencia Tributaria, de oficio, ya incluye en el borrador de la declaración y en los datos fiscales el importe que hay que descontar de nuestra pensión. Por tanto, lo único que tenemos que hacer es asegurarnos de que aparece esta minoración, y que el importe es correcto.
Pero de los ejercicios anteriores, lo tenemos que solicitar.
En el mes de marzo de 2023, la Agencia Tributaria habilitó un formulario para solicitar la rectificación de las Declaraciones de la Renta de los ejercicios 2019 a 2022.
Pero este formulario ya no es válido porque la Disposición Final 16 de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, fija un nuevo sistema para las solicitudes de devolución. Por tanto, si hemos presentado el formulario antiguo, pero no nos han contestado, tenemos que volver a solicitarlo nuevamente.
Inicialmente, había que presentar una solicitud por cada ejercicio, pero la AEAT cambió nuevamente este criterio, y en el mismo formulario podemos solicitar la rectificación de los cuatro últimos ejercicios no prescritos.
¿Cuándo devuelve Hacienda las mutualidades laborales?
El plazo no es inmediato. Una vez presentada la solicitud, Hacienda dispone de seis meses para resolver. Si no lo hace en ese tiempo, tenemos dos opciones:
- Esperar la resolución, ya que aunque se sobrepase el plazo la AEAT siempre tiene obligación de resolver.
- Podemos considerar desestimada nuestra reclamación por la figura del silencio negativo, y el interesado podrá presentar recurso potestativo de reposición o acudir directamente al Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR).
En caso de resolución favorable, el contribuyente recibirá la devolución correspondiente, con los intereses de demora incluidos.
En definitiva, la devolución de las mutualidades antiguas es un derecho que puede suponer un ahorro significativo para muchos jubilados.
Si realizaste aportaciones antes de 1978, conviene revisar tu situación y reclamar lo que te corresponde.
¿Necesitas ayuda con este trámite? En Legálitas resolvemos todas tus dudas y te ayudamos con cualquier procedimiento gracias a nuestros servicios legales.
Preguntas frecuentes sobre cómo reclamar mutualidades antiguas a Hacienda
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a Hacienda?
El plazo general para solicitar la rectificación de una declaración de la renta es de cuatro años desde el último día del plazo de presentación. En el caso de las mutualidades, Hacienda ha habilitado un procedimiento específico que permite reclamar ejercicios no prescritos.
¿Cómo puedo saber si he cotizado a una mutualidad laboral?
Puedes solicitar tu vida laboral en la web de la Seguridad Social o consultar con tu antigua empresa. También puedes verificar si tu pensión proviene total o parcialmente de cotizaciones a una mutualidad revisando la resolución de pensión o los datos fiscales.
¿Qué tengo que hacer para presentar una reclamación a MUFACE?
Si perteneciste a MUFACE, la reclamación se realiza a través de Hacienda, no se hace directamente con la mutualidad. Deberás solicitar una rectificación de tu declaración de IRPF, adjuntando la documentación que acredite tu condición de mutualista.
¿Es posible solicitar la devolución de cotizaciones en las antiguas mutualidades laborales?
Hacienda reconoce el derecho a la devolución cuando se demuestra que la pensión actual deriva de aportaciones que ya tributaron como rendimientos del trabajo en su día. De ese modo, se evita la doble tributación.
¿Cuáles son los pasos para obtener la devolución de las mutualidades antiguas?
- Reunir la información necesaria (vida laboral, resoluciones de pensión o certificados de empresa).
- Acceder al formulario de solicitud de rectificación de la AEAT, disponible en su sede electrónica.
- Esperar la resolución o considerar desestimada nuestra reclamación por la figura del silencio negativo, y el interesado podrá presentar recurso potestativo de reposición o acudir directamente al Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR).
Referencias legales
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF y otras normas tributarias (BOE).