¿Qué son las facturas simplificadas? ¿Cómo se pueden emitir?

09 Octubre 2014

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Las facturas simplificadas nacen con el último reglamento de facturación, el 1 de enero de 2013, y vienen prácticamente a sustituir los antiguos “tickets”. Es posible emitir una factura simplificada siempre y cuando:

• El importe no supere los 400 euros (IVA incluido)

• Facturas rectificativas.

• Sean remitidos por los autorizados por el Departamento de Gestión Tributaria.
• Operaciones en las que el Reglamento de facturación anterior, aprobado por el RD 1496/2003, permitía la expedición de tiques (operaciones que no excedan de 3.000 euros, IVA incluido), de entre dichas actividades, las que, por su frecuencia se presenta más son, las ventas al por menor, las ventas a domicilio, peluquerías, parkings, peajes etc.

Ojo, no todas las actividades son susceptibles de factura simplificada

Referencia Legal

  • Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
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