¿Qué opciones tengo como empresario cuando se aproxima la terminación del contrato de crédito?
20 Noviembre 2013


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Cuando llega el plazo de vencimiento del contrato de crédito, el empresario puede optar por una de las siguientes alternativas:
- Prórroga: Esta situación es conveniente en el caso de querer mantener las mismas condiciones que tiene pactadas con el banco y evitar los trámites, gastos de apertura de un nuevo crédito. Este acuerdo se tiene que realizar antes de la terminación del plazo, ya que en caso contrario, podría interpretarse como una manifestación tácita de voluntad para alterar el contenido del contrato.
- Renovación: Cuando el plazo está ya vencido y existiendo un débito a favor del banco, pueden acordar las partes abrir un nuevo crédito, no solo para cancelar aquel de signo deudor, sino para otorgar al acreditado nuevas posibilidades surgidas de este nuevo contrato.
Al ser un nuevo contrato que tiene ser suscrito por las partes se establece un nuevo límite de disposición, comisiones e intereses corrientes moratorios y en algunos casos, la aportación de nuevas garantías.
- Situación novatoria: Se suele dar o surgir de diversas operaciones bancarias que un cliente tuviese en el mismo banco. Este puede ser el caso en el supuesto de existir un contrato de préstamo y otro de cuenta corriente. Aún siendo de distinta naturaleza, el banco puede cancelar el préstamo acumulando la deuda existente en el saldo de la cuenta corriente.
Referencia Legal
- Artículo 1196, 1851 del Código Civil.

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