Qué es, cómo funciona y ejemplos prácticos de la inversión del sujeto pasivo del IVA
03 Junio 2025

Si alguna vez has comprado productos en otro país de la Unión Europea o te planteas prestar servicios a empresas extranjeras, seguramente hayas oído hablar sobre el concepto de inversión del sujeto pasivo del IVA.
Es una herramienta muy útil (y obligatoria en ciertos casos) que debes conocer si no quieres tener líos con Hacienda.
Te explicamos qué es la inversión del sujeto pasivo, cuándo se aplica y cómo funciona. Y todo ello aderezado con ejemplos para que te quede claro. Verás que esconde una mecánica bastante sencilla.
¿Qué significa la inversión del sujeto pasivo?
Normalmente, cuando haces una venta, tú cobras el IVA y lo ingresas después a Hacienda. Pero con la inversión del sujeto pasivo pasa justo lo contrario, es el comprador quien asume esa obligación fiscal.
Dicho de otro modo, el que compra declara y paga el IVA directamente a Hacienda, sin que el proveedor lo incluya en la factura.
Este sistema no es algo opcional. Es obligatorio en ciertas operaciones concretas que Hacienda tiene perfectamente tipificadas, especialmente en transacciones internacionales o sectores donde históricamente ha habido más fraude.
Porque sí, esta medida está pensada, precisamente, para eludir el fraude fiscal y facilitar el control del IVA en operaciones donde, de otro modo, sería muy complicado.
Piénsalo. Si una empresa de otro país te vende algo sin estar registrada en España, ¿cómo se asegura Hacienda de que ese proveedor ingrese el IVA? La respuesta es: no puede.
Por eso, para simplificar el control y garantizar que el impuesto se declare correctamente, se le traslada la obligación al comprador, que sí está sujeto a las normas fiscales españolas.
Además, gracias a la inversión del sujeto pasivo se evita que se facture IVA en un país y se deduzca en otro, lo que generaría un desfase entre ingresos y devoluciones de impuestos. De este modo, el vendedor no se complica con normas fiscales extranjeras y el comprador aplica las suyas propias.
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Ejemplos de la inversión del sujeto pasivo del IVA
Ejemplo 1: Compras productos a una empresa en Bruselas (UE)
Imagina que eres autónomo y compras material de oficina a una empresa belga para tu negocio. Esa empresa está en Bruselas, tú estás en Valencia y ambos estáis registrados como operadores intracomunitarios (es decir, estáis dados de alta en el ROI).
La empresa belga te envía la factura sin IVA. Pero atención, no es porque el producto esté exento del impuesto, sino porque se aplica el mecanismo de inversión del sujeto pasivo: eres tú, como comprador, quien tiene que declarar ese IVA en España, no el proveedor en Bélgica.
¿Qué tienes que hacer tú?
- Autorrepercutir el IVA en tu declaración trimestral (modelo 303):
- Lo declaras como si fueras tú quien lo ha cobrado (ingreso) en el apartado de IVA devengado.
- Al mismo tiempo, si es un gasto deducible (como en este caso, material informático para tu actividad), también lo declaras como IVA soportado (gasto).
- Resultado: la operación es neutra a efectos económicos, porque lo declaras y te lo deduces en el mismo modelo.
- Cumplir tus obligaciones fiscales y presentar los modelos modelo 349 (operaciones intracomunitarias) y 390 (resumen anual del IVA).
Ejemplo 2: Prestas un servicio a una empresa en Alemania
Supón que eres diseñador web autónomo en España y te contrata una empresa con sede en Berlín para crear su nueva página corporativa. Aunque el servicio se ha prestado desde España, como el cliente es de la UE y ambos estáis en el ROI, no aplicas el 21% de IVA.
En su lugar, incluyes la base imponible (el importe de tu servicio) y una mención legal que indique que el IVA lo declara el cliente (esto es, la inversión del sujeto pasivo).
En este caso, es la empresa alemana la que se encargará de declarar el IVA en su país, no tú. Por tu parte, tendrás que informar de esta operación en tus modelos 303, 349 y 390.
¿Cuándo aplicar la inversión del sujeto pasivo?
La inversión del sujeto pasivo no se aplica en todas las operaciones, solo en casos concretos en los que Hacienda decide que sea el cliente (y no el proveedor) quien se encargue de declarar el IVA.
Estas operaciones están reguladas en el artículo 84. Uno, 2º de la Ley del IVA (Ley 37/1992). Te dejamos las más habituales.
Adquisiciones intracomunitarias de bienes
Si compras un producto a una empresa de otro país de la UE y ambos estáis dados de alta en el ROI, tú (como comprador español) declaras el IVA en tu modelo 303, aunque la factura venga sin IVA.
Prestación de servicios por parte de proveedores no establecidos en España
Cuando una empresa o autónomo extranjero (UE o fuera de la UE) te presta un servicio y tú eres el cliente profesional, tú eres quien declara el IVA aquí. Esto se aplica tanto si el proveedor está en la UE como si está en un tercer país (EE.UU., Reino Unido…).
Importaciones de bienes (IVA en aduanas)
Cuando compras a un país fuera de la UE, el IVA lo declaras tú en aduanas (con el DUA). No se llama inversión del sujeto pasivo en sentido estricto, pero el funcionamiento es similar: tú te haces cargo del IVA en destino.
Entregas de inmuebles en ejecución concursal
Si compras un inmueble a una empresa en concurso de acreedores, tú pagas el precio sin IVA, pero debes declararlo en Hacienda.
Determinadas entregas de bienes “conflictivos” o con riesgo de fraude
Hacienda aplica inversión del sujeto pasivo en sectores sensibles, como:
- Oro sin elaborar o productos semielaborados de oro (no joyería acabada) de ley igual o superior a 325 milésimas.
- Material de desecho, chatarra y residuos industriales.
- Derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- Teléfonos móviles, consolas, tablets y ordenadores portátiles (cuando el comprador es empresario o profesional y la operación supera los 10.000 €).
Determinados servicios de construcción y reformas entre empresas
Cuando una empresa constructora o un autónomo realiza obras para otra empresa o profesional que actúa como promotor o contratista, el IVA lo declara el cliente.
Por ejemplo, eres subcontratista de una obra y trabajas para una promotora o constructora. No le cobras IVA, lo declara ella.
¿Cómo hacer facturas con inversión del sujeto pasivo?
Veamos qué debe contener una factura con inversión del sujeto pasivo. En primer lugar, los datos básicos como en cualquier otra factura:
- Tu nombre o razón social, NIF y dirección.
- Nombre, NIF y dirección del cliente.
- Fecha de emisión y número de factura.
- Descripción del servicio o producto.
- Base imponible (importe sin IVA).
- Total: igual a la base imponible, porque no lleva IVA.
Recuerda no aplicar IVA en la factura. Además (y muy importante), debes incluir una mención obligatoria al artículo legal para dejar constancia de que no incluyes el IVA porque se aplica la inversión del sujeto pasivo.
Para ello, puedes utilizar esta coletilla en el pie de la factura como esta: “Operación sujeta a inversión del sujeto pasivo, según el artículo 84.Uno, 2º de la Ley 37/1992 del IVA”.
Ya sabes qué es la inversión de sujeto pasivo y cómo funciona. Y, tú ¿haces operaciones con empresas de fuera de España y no estás seguro de si estás aplicando bien el IVA? Mejor consultar antes de emitir la factura.
No te la juegues con Hacienda. Una factura mal hecha o una declaración incompleta puede traerte problemas (y multas) que se pueden evitar fácilmente con un buen asesoramiento. Si tienes dudas, desde Legálitas Negocios te ayudamos a conocer cómo aplicar el IVA con nuestros planes de negocios.
Referencia legal:
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.