Administradores y deudas tributarias: el Supremo establece que Hacienda debe probar la culpa antes de derivar responsabilidades
19 Junio 2025

Si eres administrador de una empresa, puede que ya estés al tanto de que en algunas circunstancias podrías responder con tu propio patrimonio por las deudas tributarias de tu sociedad. Pero, ¿sabías que no basta con que Hacienda diga que eres responsable? Ahora, el Tribunal Supremo ha dejado claro que se debe probar que eres culpable (si lo eres, claro) antes de exigir el pago.
El pasado 20 de mayo de 2025, el Supremo dictó una sentencia clave que especifica y limita la forma en la que la Administración puede proceder con las responsabilidades tributarias sobre los administradores. Una actuación que da más seguridad jurídica a quienes ocupan cargos de gestión y que puede tener un gran impacto en futuras actuaciones de la Agencia Tributaria.
Si te interesa este tema en este artículo encontrarás en qué consiste esta resolución, qué cambia respecto a cómo se venía actuando hasta ahora y qué implicaciones tiene si eres administrador de una sociedad.
¿En qué consistía la responsabilidad subsidiaria de los administradores?
La responsabilidad subsidiaria es aquella que recae sobre una persona distinta al obligado principal (en este caso, la empresa), cuando esta no cumple con sus obligaciones tributarias y existen motivos legales para exigir ese pago a un tercero.
Hasta ahora, la Agencia Tributaria podía derivar deudas tributarias y sanciones a los administradores de una empresa cuando se demostraba que no se habían pagado los impuestos correspondientes y que, además, el administrador había incumplido sus deberes de forma grave (por ejemplo, liquidar una sociedad sin pagar a Hacienda).
El problema radica en que, en muchos casos, esa derivación de responsabilidad se hacía de forma prácticamente automática, sin que la Administración tuviera que demostrar de forma clara nada o, simplemente, la culpa o negligencia del administrador. Y ahí es donde actúa esta nueva sentencia del Tribunal Supremo.
Menos gestiones es más tiempo para tu negocio.
Simplifica tu día a día. Déjanos a nosotros todo el papeleo.
¿Qué dice exactamente la sentencia del Tribunal Supremo del 20 de mayo de 2025?
La Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Segunda, recurso 4442/2022) ha dictaminado que:
“La Administración está obligada a probar los elementos de culpabilidad del administrador cuando pretende derivarle la responsabilidad subsidiaria por deudas tributarias y sanciones.”
Esto quiere decir que ya no vale con afirmar que el administrador ha incumplido sus funciones. Con esta sentencia, si Hacienda quiere que pague una deuda de la empresa, debe aportar pruebas claras de que existió una actuación negligente, dolosa o contraria a Derecho por parte del administrador.
Esto refuerza lo que el Supremo llama el principio de culpabilidad, que debe estar presente en toda actuación administrativa sancionadora o que implique una consecuencia tan grave como afectar al patrimonio personal.
Pero, ¿qué implicaría esto en la práctica?
Pues que, con esta sentencia, se establece una garantía adicional para los administradores: ya no pueden ser declarados responsables subsidiarios sin una motivación sólida y una prueba suficiente por parte de la Administración. Por ejemplo, estos serían algunos efectos prácticos: Hacienda debe justificar de forma concreta la conducta culpable del administrador. No basta solo con señalar su cargo o su firma en determinados documentos. Debe haber un procedimiento motivado, individualizado y ajustado a Derecho. De esta forma, los administradores tienen más base legal para recurrir derivaciones que consideren injustas.
Pero con todo esto, no significa que no puedan ser responsables, pero sí que no se les puede imputar de forma automática ni genérica. En otras palabras, se les concede el beneficio de la duda.
¿A qué tipo de deudas afecta?
La sentencia hace referencia tanto a deudas tributarias ordinarias, como el IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades, etc. Como a sanciones tributarias impuestas por infracciones cometidas por la sociedad.
La derivación puede realizarse, pero siempre que se cumplan los requisitos legales del artículo 43.1.b) de la Ley General Tributaria (LGT), y a partir de ahora como hemos ido mencionando, con pruebas que acrediten la responsabilidad subjetiva del administrador.
¿Cómo puedes protegerte como administrador?
Si estás al frente de una sociedad como administrador o administradora, sería una buena idea tener en cuenta algunos aspectos importantes para prevenir la posibilidad de derivaciones de responsabilidad. Por ejemplo, parecerá algo obvio, pero llevar al día las obligaciones fiscales y contables como presentar declaraciones correctamente, cumplir plazos y pagos de impuestos o evitar dejar impagos sin justificación ni comunicación con la AEAT, es algo que puede ayudarte mucho.
Otro ejemplo podría ser documentar todas las decisiones relevantes de la empresa como guardar actas de reuniones, informes y decisiones que afecten a la situación financiera o justificar las decisiones tomadas en momentos de dificultad económica.
Además, contar con asesoramiento legal y fiscal puede ser una gran opción: apoyarte en profesionales puede evitar errores de forma y fondo. Es clave si vas a cerrar una sociedad, disolverla o entrar en concurso. Y, por supuesto, actuar con diligencia la responsabilidad suele derivarse cuando se detecta inactividad, abandono de funciones o liquidación sin atender las deudas tributarias, así que cuanto más activo y atento estés mejor que mejor.
¿Esta sentencia puede aplicarse de forma retroactiva?
No, no es algo que pueda hacerse de manera automática, pero sí puede utilizarse como argumento jurídico en recursos o procedimientos en curso.
Si un administrador ha sido declarado responsable subsidiario sin que se haya acreditado claramente su culpabilidad, podría recurrir la derivación basándose en esta sentencia del Tribunal Supremo. Por eso esta sentencia es tan importante y marca una nueva interpretación que puede servir como jurisprudencia a futuro y proteger a más profesionales en situaciones similares.
En resumen
Con esta sentencia, el Tribunal Supremo da un paso fundamental en favor de la seguridad jurídica de los administradores de empresa. Hacienda ya no podrá derivar deudas y sanciones sin demostrar de forma clara y motivada su culpabilidad.
Una decisión que, por supuesto, no elimina la responsabilidad, pero que sí obliga a actuar con más rigor y evita automatismos que podían acabar castigando de forma injusta a quienes han gestionado sus empresas de forma correcta y con diligencia.
En cualquier caso, si eres administrador y te enfrentas a una derivación de responsabilidad tributaria, sería muy interesante contar con asesoramiento especializado para analizar tu situación concreta y defender tus derechos.
Referencia legal: