Tengo el coche a todo riesgo con franquicia ¿Cómo debo tramitar un siniestro?

05 Mayo 2014

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He frenado en un paso de cebra y el vehículo contrario me ha colisionado por alcance trasero. Tengo el coche a todo riesgo con franquicia. ¿Cómo debo tramitar este siniestro?

Nos informa haber sido golpeado por alcance trasero, en un paso de cebra en el que tuvo que frenar, y la cobertura de daños propios con franquicia.

Lo primero a tener en cuenta es la conveniencia de firmar la Declaración Amistosa de Accidente, recabar testimonios y comprobar intervención de alguna autoridad que pueda elaborar informe o atestado.

El plazo para comunicar el siniestro a nuestra aseguradora es de siete días.

En su caso se plantean dos posibilidades de indemnización de su vehículo:

  • Por su seguro a Todo Riesgo que tiene en su propia póliza, cuyo criterio será el que figure en la misma. Si no hay problema de siniestro total, su Compañía le reparará el coche, y luego repetirá contra el responsable del accidente. En este caso, puesto que tiene que abonar la franquicia, ésta es reclamable a la Compañía contraria.
  • Por el concepto de Responsabilidad Civil del contrario responsable. En lugar de reparar por su todo riesgo, y tener que abonar la franquicia, o caso de no tener daños propios, esperar a que la contraria acepte la responsabilidad civil de su asegurado y le repare los daños. Su Cía. se va a ocupar normalmente de estas gestiones de reclamación de daños.

Referencia legal

  • Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
  • Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de Vehículos a Motor.
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