Me ha llegado una notificacion de prelacion de bienes ¿Qué es esto?

30 Octubre 2015

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El documento de prelación de bienes o designación de bienes para el embargo, es una notificación que remiten muchos Ayuntamientos, una vez iniciada la vía ejecutiva; la cual comienza cuando finaliza el período de pago voluntario de una multa, sin que se haya realizado el mismo.

En este nuevo procedimiento, de carácter ejecutivo, donde el importe de la multa se ve incrementado con recargos e intereses, tan sólo, dos, son los momentos que es posible recurrir: cuando nos notifican la providencia de apremio, y, la diligencia de embargo. Fuera de estas dos fases no cabe recurso alguno.

En este sentido, cabe señalar que la prelación de bienes es un acto de trámite, que se ubicaría entre la providencia de apremio y la diligencia de embargo y que no sería recurrible.

Normalmente, los Ayuntamientos envían la notificación de prelación de bienes, primero, para que el interesado tenga conocimiento de la existencia de ese procedimiento ejecutivo, segundo, para que tenga una opción más de pagar con anterioridad al embargo efectivo, y, tercero, por si el interesado decidiese designar bienes que pudieran ser embargados.

Referencia legal

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
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