He superado el límite de alcoholemia tras una colisión y el seguro no me cubre los daños ¿Es legal ?

07 Marzo 2014

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#Texto revisado noviembre 2015

Colisioné con mi vehículo contra una valla, dando en la prueba de alcoholemia resultado superior al legalmente permitido. Mi seguro no cubre los daños de mi vehículo aunque lo tengo a todo riesgo.

Las consecuencias de conducir bajo la influencia del alcohol frente a terceros viene previsto viene regulada en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, estableciendo la obligación de indemnizar a la víctima y posterior derecho para la aseguradora de repetir el importe de la indemnización al conductor, el propietario del vehículo causante y el asegurado. Es decir, en el caso que nos ocupa la entidad aseguradora deberá indemnizar los daños materiales en la valla causados a tercero, aunque posteriormente puede reclamar su reintegro a las personas citadas. 

No dice el texto legal nada al respecto de posible falta de cobertura sobre los daños propios que sufra el vehículo, pero sí es unánime que la póliza prevea esta exclusión en el propio clausulado del contrato. Por lo tanto, es habitual que estos daños materiales del vehículo no queden cubiertos en virtud de esta exclusión por conducir bajo los efectos del alcohol.

Referencia legal

  • artículo 10 del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor
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