¿Tengo que solicitar algún permiso para poner cámaras de vigilancia en mi local?

12 Mayo 2014

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Si las cámaras están conectadas con algún sistema de central de alarmas ha de hacerse a través de empresas de seguridad debidamente acreditadas e inscritas en el Ministerio del Interior.

Si no fuera el caso, basta instalarlas respetando los requisitos legales (muchos y muy importantes), dar de alta un fichero de videovigilancia ante la Agencia Española de Protección de Datos y colocar un cartel según modelo aprobado en la zona.

Lo mejor es asesorarse antes con un especialista que indique qué se puede grabar y desde dónde. Lo contrario es arriesgarse a una multa y, peor aún, que lo grabado no sirva para nada más que para vulnerar la intimidad de quien pase, y no para la finalidad probatoria para la que las cámaras fueron instaladas.

Referencia Legal

  • Reglamento de la LOPD (Real Decreto 1720/2007).
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