Soy propietario de una quiosco de prensa, junto a él hay una zona de carga y descarga ¿Puedo estacionar mi coche en dicho lugar?

01 Febrero 2015

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Como siempre venimos señalando, los estacionamientos se regulan en las ordenanzas municipales, siendo cada Ayuntamiento quien establece la normativa específica aplicable en su municipio; por tanto, siempre habrá que prestar atención a lo regulado en su localidad.

No obstante, como norma general, hay que destacar que cuando existe una zona reservada para carga y descarga, suele ser normal que en dicha zona sólo se permita el estacionamiento de vehículos industriales, destinados al transporte de mercancías, por lo tanto, un coche, no podría ser considerado como tal, y, no podría estacionar en dicho lugar, incluso, aunque ese coche fuese propiedad de una empresa y se estuviese bajando de él un paquete de periódicos.

Por otro lado, y, para el caso de que no se tratase de un coche, siempre hay que tener en cuenta que la carga y descarga suele, únicamente, permitir el estacionamiento en dicho lugar durante el tiempo imprescindible para realizar la labor, por ello muchos Ayuntamientos, establecen una duración máxima del estacionamiento en ese lugar.

Por tanto, si se trata de un coche, no se están haciendo labores de carga o descarga o se supera el tiempo máximo permitido para realizar la labor, siempre se estaría asumiendo el riesgo de ser denunciado, multado y sancionado por ello.

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