¿Qué hacemos si nos dejan el coche abandonado en el taller por no pagar la reparación?

02 Noviembre 2017

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Abandono de un vehículo en el taller

Los responsables de talleres se enfrentan, a veces, al abandono de los vehículos por parte de propietarios que no acuden a pagar la factura o recoger el presupuesto. Así, se convierten en depositarios de un bien ajeno que supone diversos problemas para los talleres, por lo que necesitan buscar una solución legal al problema del abandono de un coche en el taller.

La normativa establece unas consecuencias para el caso en que el cliente deje abandonado el vehículo en el taller sin pagar la reparación efectuada o sin retirar el vehículo que no se va a reparar.

Por un lado, conforme al artículo 15 del Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes, el taller podrá cobrar a su cliente gastos de estancia cuando, confeccionado el presupuesto o reparado el vehículo, y puesto en conocimiento del usuario este hecho, no proceda dicho usuario al pronunciamiento sobre la aceptación o no del presupuesto o a la retirada del vehículo en el plazo de tres días hábiles. En todo caso, dichos gastos de estancia solo procederán cuando el vehículo se encuentre en locales bajo custodia del taller y por los días que excedan del citado plazo.

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Pero es que, además, el cliente podrá perder la propiedad de su vehículo, cuando el taller requiera al cliente la retirada del vehículo, bien porque esté ya reparado, bien porque el cliente no haya aceptado la reparación, dejando el cliente abandonado el coche en el taller. En efecto, conforme a los artículos 86.1.c) y 86.2 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, se prevé:

  • El traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su destrucción y descontaminación:

Recogido un vehículo en un taller por avería o accidente del vehículo, si el titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses, la Administración de Tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su destrucción y descontaminación.

Antes de la orden, la Administración requerirá al titular advirtiéndole que si no retira el vehículo en un mes se trasladará al Centro Autorizado de Tratamiento.

El propietario o responsable del taller debe solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico autorización para el tratamiento residual del vehículo, aportando la documentación que acredite haber solicitado al titular del vehículo la retirada de su recinto, para solucionar así el problema del coche abandonado en el taller.

  • La adquisición de la propiedad del coche abandonado en el taller:

El art. 86.3 de la Ley 18/2009 establece que, cuando se estime conveniente, la Jefatura Provincial de Tráfico, los órganos competentes de la CCAA,  el Alcalde o delegado, podrán acordar que en lugar de destruir el vehículo sea adjudicado a los servicios de vigilancia y control del tráfico. Es decir, contempla la posibilidad de adjudicar (se entiende la propiedad del vehículo) a servicios de tráfico pero no al taller.

Fuera de estos supuestos en general el taller puede llegar a adquirir la propiedad del vehículo si transcurren 6 años desde el aviso comunicado al cliente sin que haya acudido a recoger el vehículo.

Esto es aparte del derecho del taller al cobro de la reparación y, en su caso, de los gastos de estancia.

En tales circunstancias lo que debe hacer el taller es enviar a su cliente un requerimiento fehaciente, como el burofax, para dejar constancia de las circunstancias.

Estas son, por tanto, las principales líneas de actuación que tiene el taller cuando un cliente deja abandonado su coche allí por no pagar la reparación. ¿Tienes un pequeño negocio y necesitas contar con el asesoramiento de abogados expertos? En Legálitas disponemos de expertos en todas las ramas del Derecho. Protege tu negocio, ya seas Pyme o autónomo con Legálitas

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Inmaculada Carrillo

Abogada de Legálitas

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