¿Se pueden copiar las ideas?

24 Abril 2015

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Como cada 26 de abril, se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual. El año 2000 fue el primero que se celebró esta fecha, cuando los países pertenecientes a la

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) acordaron homenajear esta disciplina del Derecho, con el fin de resaltar la importancia de la función de la propiedad intelectual en la vida cotidiana, y celebrar la aportación de los innovadores y creadores al desarrollo de las sociedades de todo el mundo.

¿Por qué un 26 de abril? El día 26 de abril de 1970 entró en vigor el Convenio por el que se establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, y resulta, por tanto, una fecha muy señalada para conmemorar y sensibilizar sobre la propiedad intelectual, que protege “las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro” (Art. 10 de la LPI).

Si nos fijamos detenidamente en definición, vemos que establece que el objeto de protección de la propiedad intelectual son las obras, no las ideas, los conocimientos o las informaciones, ya que estas no son protegibles. Solo lo serán en tanto en cuento son expresadas a través de las obras, al proteger la obra en sí. En este sentido, el art. 2 del Tratado OMPI sobre Derecho de autor, reproduciendo literalmente lo previsto en el art. 9.2º del Acuerdo ADPIC, establece que “la protección del derecho de autor abarcará las expresiones, pero no las ideas”. Es decir, Ordenamiento Jurídico no protege las ideas, sino la forma original de expresión de las mismas.

A pesar de lo mencionado, resulta difícil de delimitar en la práctica ya que entraríamos en el debate: ¿Cuándo una idea deja de ser idea y alcanza un desarrollo tal que empieza a ser protegible? Sobre la base de lo anterior, hemos de concluir que las ideas solo son protegibles si están expresadas y tienen un cierto grado de complejidad y de originalidad; es decir las ideas se protegen cuando cumplen los requisitos que establece la Ley de Propiedad Intelectual: cuando pasan de ser ideas a ser obras, aun incompletas, entendiéndose que lo protegible no es la idea en sí, sino la forma en la que está expresada y desarrollada.

Por tanto, se puede afirmar que la inspiración y las ideas son libres, y no necesitan del consentimiento de nadie para ser utilizadas por todos.

26 de abril – Día Mundial de la Propiedad Intelectual

Alejandro Touriño

Director Jurídico Nuevas Tecnologías - Legálitas

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