Puedo aplazar o fraccionar las deudas con la AEAT

15 Octubre 2014

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La falta de liquidez suele ser uno de los problemas más acuciantes para la actividad empresarial en la actualidad. Esta situación se agrava en el momento en que hay que pagar los impuestos. Sin embargo hay una manera de solventar, al menos temporalmente, esta situación si solicitamos un aplazamiento o fraccionamiento de las deudas con Hacienda.

Esta solicitud se puede realizar tanto para las cuotas que deberíamos pagar por las liquidaciones trimestrales como anuales, como para las deudas anteriores. La única excepción legal en estos casos son las retenciones de los trabajadores y profesionales, que son inaplazables aunque últimamente la Agencia Tributaria sí lo está permitiendo, y la declaración anual del IRPF, que tiene sus propios plazos de pago y sólo admite el fraccionamiento en dos pagos.

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