Qué permisos retribuidos existen actualmente en España

14 Enero 2026

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Qué permisos retribuidos existen actualmente en España

Los permisos retribuidos son ausencias justificadas del trabajo durante las cuales la persona trabajadora mantiene su derecho a percibir el salario. Constituyen un derecho laboral básico recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

Además, durante los últimos años, varias reformas, especialmente el Real Decreto-ley 5/2023 y la Ley 6/2024, han ampliado los permisos en aspectos relacionados con la conciliación y el cuidado familiar. Te detallamos los existentes hoy en día en España.

Permiso por matrimonio o registro de pareja de hecho

El trabajador tiene derecho a 15 días naturales en caso de matrimonio o inscripción como pareja de hecho. Lo habitual es que el permiso comience al día siguiente de la formalización de la pareja. Ahora bien, si el empleado ha disfrutado del permiso al hacerse pareja de hecho y posteriormente decide contraer matrimonio, no tendrá derecho a otros 15 días.

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Permiso por fallecimiento de familiar

Dispone de dos días por la muerte de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, es decir, esposos, pareja de hecho, padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, suegros o cuñados. Si necesita desplazarse, se amplía a cuatro días.

Permiso por accidente, enfermedad grave u hospitalización de familiares

Cuando el cónyuge, pareja de hecho, pariente hasta el segundo grado o conviviente requiere atención por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que exija reposo domiciliario, el trabajador tiene derecho a cinco días retribuidos. El permiso puede disfrutarse de forma continuada o fraccionada.

Permiso por causa de fuerza mayor familiar

Permite ausentarse del trabajo un máximo de cuatro días al año cuando sea necesario atender una urgencia relacionada con un familiar o conviviente. Puede ser un accidente, una enfermedad repentina o circunstancias excepcionales que exijan la presencia inmediata. Se puede disfrutar por horas o jornadas completas.

Permiso por cambio de domicilio habitual

El derecho es de un día retribuido. Cubre el tiempo necesario para realizar la mudanza, gestiones o traslado efectivo.

Permiso por cumplimiento de deber inexcusable de carácter público o personal

Se da cuando el trabajador acudir a cumplir deberes públicos obligatorios, como actuar como miembro de una mesa electoral, asistir a un juicio como testigo o formar parte de un jurado. El permiso cubre el tiempo indispensable para su cumplimiento.

Permiso por funciones sindicales o de representación

Los representantes legales de los trabajadores o los delegados sindicales tienen derecho a disfrutar de los tiempos que necesiten para ejercer sus funciones de representación o participación sindical. Se concede como un crédito de horas mensuales para atender esas funciones durante su jornada laboral

Permiso para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto o adopción

Las trabajadoras embarazadas y los progenitores en procesos de adopción o acogimiento pueden ausentarse el tiempo necesario para estos exámenes o gestiones, aunque estén dentro de la jornada laboral.

Imposibilidad de acceder al centro de trabajo

Hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso. Transcurridos los cuatro días, el permiso se prolongará hasta que desaparezcan las circunstancias que lo justificaron, sin perjuicio de la posibilidad de la empresa de aplicar una suspensión del contrato de trabajo o una reducción de jornada derivada de fuerza mayor en los términos previstos en el artículo 47.6

Permiso para donación de órganos o tejidos

Desde la aprobación de la Ley 6/2024 está vigente un permiso que reconoce el derecho a ausentarse el tiempo necesario para la donación de órganos o tejidos y realizar los actos preparatorios necesarios. El tiempo que abarca la operación y recuperación se considera una situación de incapacidad temporal por contingencias comunes especial.

Permiso de maternidad y paternidad

Este permiso se ha ampliado en 2025 hasta 19 semanas retribuidas al 100%, distribuidas de forma igualitaria e intransferible para cada progenitor. En caso de familias monoparentales, el permiso se amplía a 32 semanas.  De ellas, las seis primeras semanas son obligatorias e inmediatamente posteriores al parto o adopción; once semanas (veintidós en supuestos de monoparentalidad) podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. No obstante, la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto; dos semanas (cuatro en el caso de monoparentalidad), para el cuidado del menor que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años

En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples

Las personas trabajadoras tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora en el caso de nacimiento prematuro de hijo o hija, o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto.

Causa de fuerza mayor

La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año

Si quieres conocer qué permiso puede aplicarse a un caso concreto, cómo se solicitan o si regentas un negocio con empleados cómo se gestionan esta clase de permisos, ponte en contacto con Legálitas Negocios.

Preguntas frecuentes sobre los permisos retribuidos

¿Los permisos retribuidos son automáticos?

Debes solicitarlos a tu empresa y, salvo urgencias, comunicarlo con antelación. La empresa puede pedirte la documentación justificativa.

¿Qué pasa si el convenio mejora los permisos?

El convenio colectivo siempre prevalece si es más favorable al trabajador. Puede ampliar los días, añadir supuestos o reconocer permisos adicionales.

¿Se aplican igual estos permisos en el teletrabajo?

El derecho al permiso retribuido no depende del lugar donde se preste el trabajo.

¿Se pueden acumular varios permisos si coinciden los hechos?

Siempre que los hechos sean distintos (por ejemplo, matrimonio y mudanza). En esos casos, cada permiso se disfruta de forma independiente.

Referencias legales:

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea

Ley 6/2024, de 20 de diciembre, para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos o tejidos para su posterior trasplante

https://www.boe.es/eli/es/l/2024/12/20/6/dof/spa/pdf

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