Todo sobre la paga extra de Navidad

26 Marzo 2026

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Todo sobre la paga extra de Navidad

¿Qué es la paga extra de Navidad?

La paga extra de Navidad es una gratificación extraordinaria que forma parte del salario anual de los trabajadores y pensionistas en España. Es un derecho reconocido legalmente, regulado principalmente por el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, que garantiza al menos dos pagas extraordinarias al año, una de ellas en Navidad y en cuanto a las pensiones se regula en la Orden de 25 de junio de 2001 para la aplicación y desarrollo del Real Decreto 771/1997, de 30 de mayo, por el que se establecen reglas de determinación de los importes de las pagas extraordinarias de las pensiones de la Seguridad Social.

 

¿Quién tiene derecho a cobrarla?

Tienen derecho a la paga de Navidad:

  • Trabajadores por cuenta ajena del sector público y privado.
  • Pensionistas que perciben 14 pagas anuales.
  • Empleados públicos según lo dispuesto en la normativa de su administración.
    El convenio colectivo puede mejorar estas condiciones e incluso añadir pagas adicionales.

¿Cuándo se cobra?

La ley no fija un día concreto, aunque las empresas suelen pagarla entre el 15 y el 25 de diciembre, a menudo junto con la nómina del mes.

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¿Cómo se calcula la paga extra de Navidad?

Se suelen incluir los siguientes conceptos: 

  • Salario base
  • Antigüedad
  • Complementos fijos establecidos por convenio
  • Determinados complementos personales

 

¿Cómo tributan las pagas extra?

La paga extraordinaria de Navidad tributa exactamente igual que el salario ordinario, ya que forman parte de los rendimientos del trabajo. Esto significa que están sujetas al IRPF, aplicándose en el momento del pago el tipo de retención correspondiente en función de la retribución anual estimada del trabajador. La empresa debe calcular y ajustar la retención teniendo en cuenta el total previsto de ingresos del año, por lo que, si la paga extra aumenta la base anual, es frecuente que la retención sea algo más elevada en ese mes para evitar desajustes.

 

¿Se cobra la paga extra estando de baja?

No. Estando en situación de incapacidad temporal - ya sea por enfermedad común o profesional, accidente laboral o no laboral, maternidad o paternidad- no se devengan pagas extras salvo que el convenio colectivo que aplique en la empresa estipule una mejora y obligue a las empresas a pagarlas, como norma general solo se abona la parte proporcional al tiempo trabajado, descontando el periodo en que se está en incapacidad temporal.

 

¿Qué ocurre si el trabajador empieza o termina su contrato antes de diciembre?

Cuando un trabajador inicia o finaliza su relación laboral antes de la fecha habitual de abono de la paga de Navidad, tiene derecho a recibir la parte proporcional generada durante el periodo de devengo. Esto se debe a que las pagas extraordinarias se generan día a día desde la fecha establecida en el convenio o desde la última paga abonada o desde que se inicia la relación laboral.

 

¿No tienes claro cuándo se recibe la paga extra de Navidad? Consulta con un abogado experto en temas laborales y aclara tus dudas. 

 

Preguntas frecuentes sobre la paga extra de Navidad

¿Cuánto se cobra de paga extra en Navidad?

Se multiplica el salario por los días trabajados y se divide el resultado entre los días del periodo de paga extra, que puedes ser de 180 días o de 365 días dependiendo de que su devengo sea semestral o anual.  El trabajador debe haber trabajado al menos seis meses o un año, dependiendo del devengo, para recibir la paga extra completa.

¿Cuándo se paga la paga extra de Navidad?

La paga extra de Navidad suele abonarse entre el 20 y el 23 de diciembre, aunque la fecha exacta puede variar ligeramente según el convenio colectivo o la costumbre de la empresa.

¿Cuándo se cobra la paga extra de Navidad?

Generalmente en diciembre, durante el periodo navideño. 

¿Cuándo se cobra la paga extra de diciembre de 2026?

Generalmente entre mediados y finales del mes de diciembre de 2026.

 

Referencia legal:

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

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