Obligaciones fiscales y laborales de los autónomos en verano

09 Julio 2025

Por Redacción

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Obligaciones fiscales y laborales de los autónomos en verano

El verano es esa época en la que medio país desconecta y se escapa unos días a relajarse y olvidar. Pero claro, cuando eres autónomo no siempre tienes permitido apagar el ordenador y dejar todo en modo avión. 

Por eso, si estás pensando en bajar la persiana de tu negocio unos días, tomarte unas merecidas vacaciones o simplemente relajar el ritmo de trabajo en verano, este artículo es para ti. Te contamos qué trámites y gestiones debes tener bajo control para evitar sustos, recargos o notificaciones inoportunas mientras estás en modo “descanso”.

1. El IVA no se toma vacaciones: modelo 303 de julio

Julio es el mes del modelo 303 del segundo trimestre. Da igual que estés en la playa, que tu negocio esté a medio gas o que ya hayas facturado poco: tienes que presentarlo igualmente si estás en régimen general. 

Así que toma nota:

  • El plazo es del 1 al 21 de julio de 2025 (aunque conviene no apurar).
  • Se presenta siempre aunque no hayas tenido actividad (en ese caso, a 0 €).
  • Si no lo haces, podrás tener recargo y una posible multa.

¿Quieres un buen consejo? Déjalo preparado antes de irte o encárgaselo a tu gestoría con tiempo. Si lo presentas fuera de plazo, te enfrentas a un 1 % más de intereses por cada mes de retraso y a un a posible sanción.

2. El IRPF trimestral también pasa lista: modelo 130

Si tributas por estimación directa, también te toca presentar el modelo 130 con los pagos fraccionados del IRPF:

Esto es lo que debes saber:

  • El plazo es igual que el IVA, hasta el 21 de julio.
  • Se calcula automáticamente según tus ingresos y gastos del trimestre.

¿Estás en módulos? Entonces te toca el modelo 131 (estimación objetiva), también trimestral.

3. Seguridad Social: la cuota sigue corriendo

En cuanto a la cuota de autónomo, ésta no se congela aunque no factures ni trabajes en agosto. Esto es importante recordarlo siempre, si estás de alta, pagas. Recuerda que se carga automáticamente entre el día 29 y 31 de cada mes Y si no tienes saldo suficiente en tu cuenta, te llegará con recargo del 10 %.

Menos gestiones es más tiempo para tu negocio.

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4. Activa los días de cortesía en Hacienda

Una herramienta muy útil es la posibilidad de solicitar los “días de cortesía en la Agencia Tributaria. Te permite elegir hasta 30 días al año en los que no recibirás notificaciones electrónicas. 

¿Cómo hacerlo?

  • Se solicita desde la sede electrónica de Hacienda en “Mis notificaciones” en el apartado de “Solicitud de días de cortesía”.
  • Hay que solicitarlo con al menos 7 días de antelación.
  • Y es ideal si no vas a revisar tus notificaciones en vacaciones.

Pero cuidado, como hemos dicho anteriormente, aunque no elimina tus obligaciones, sí te da margen para gestionar cualquier requerimiento después del verano.

5. Declaración de la renta (si se te pasó en junio)

La campaña de la renta termina normalmente a finales de junio, pero si no la presentaste a tiempo, por lo que sea, y tenías obligación, el verano no te va a salvar. 

En ese caso tienes algunas alternativas:

  • Puedes hacer una presentación fuera de plazo.
  • Si te sale a pagar, tendrás recargo del 1 % + 1 % por cada mes de retraso hasta que Hacienda te requiera.
  • Si te sale a devolver, no hay multa, pero sí posible penalización en el interés de demora.

6. ¿Vas a cerrar tu negocio unos días? Comunícalo correctamente

Si tienes un local abierto al público, no pasa nada por cerrar por vacaciones, pero te conviene dejarlo por escrito. Así que diseña un cartel visible que indique las fechas de cierre. En tu web o redes sociales, avisa a los clientes de forma clara. Y si eres proveedor habitual, avisa también a todo el mundo para evitar malentendidos.

En algunos sectores (como hostelería con terraza), puede ser obligatorio comunicar el cierre al ayuntamiento.

7. ¿Tienes trabajadores? No descuides sus derechos

También tendrás que tener en cuenta algunas cosas si tienes empleados a tu cargo. Por ejemplo, asegúrate de cuadrar bien las vacaciones con su contrato y su convenio aplicable. Siempre debe haber un acuerdo para la elección de las vacaciones, y si no lo hay, puedes fijarlas tú, pero con al menos 2 meses de antelación. Y no puedes descontar vacaciones no disfrutadas sin acuerdo previo.

Además, recuerda que el registro horario sigue siendo obligatorio, aunque tu actividad esté bajo mínimos.

8. Configura tus comunicaciones y tu facturación: se llama automatización.

Si eres de los que no quiere cerrar del todo, pero tampoco estar pendiente del móvil cada 5 minutos estas ideas para seguir activo sin estar presente, podrían venirte bien:

  • Programa tus publicaciones en redes sociales y sigue presente en el mundo online. 
  • Deja automatizadas tus campañas de email o ventas.
  • Configura una respuesta automática en tu correo con plazos de respuesta realistas.
  • Utiliza herramientas para emitir y enviar facturas programadas.

Y si necesitas que alguien atienda, puedes delegar temporalmente tareas administrativas o de atención al cliente.

En definitiva…

Ser autónomo en verano no significa renunciar al descanso, pero tampoco puedes bajar la guardia con tus obligaciones fiscales y laborales. Un pequeño descuido puede traducirse en recargos, sanciones o problemas que podrían haberse evitado con algo de planificación.

Así que nuestro consejo: planifica tus trámites, activa los días de cortesía, automatiza lo que puedas y delega si es necesario. Y si tienes dudas sobre cómo hacerlo sin dejarte nada atrás, en Legálitas Negocios podemos ayudarte a mantener tus cuentas en regla mientras tú te tomas un merecido descanso.

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