Qué nuevos cambios llegarán para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional

14 Enero 2026

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Qué nuevos cambios llegarán para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional

Al gestionar las nóminas, habrás notado que en los últimos años aparecen retenciones por un concepto denominado Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Este ajuste se incrementa en el año 2026. Te lo contamos. 

Qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

El MEI es una cotización adicional que se introdujo para reforzar la sostenibilidad del sistema público de pensiones en España. Se trata de un suplemento a las cotizaciones normales de la Seguridad Social (las de contingencias comunes) que se nota en la nómina mensual. 

El objetivo principal es acomodar el sistema económico español a los desequilibrios demográficos. El envejecimiento de la población, la mayor esperanza de vida y el descenso de la natalidad provocan que cada vez haya más personas jubiladas y menos trabajando. En los próximos años se incorporará al sistema de pensiones la generación más numerosa en España, los baby boomers. Con el apoyo del MEI se busca también que exista un apoyo extra para cargar con los gastos que implica. 

Esta medida proviene de la Ley 21/2021 y fue desarrollada y perfeccionada mediante el Real Decreto-ley 2/2023. El MEI se aplica desde el 1 de enero de 2023 y su vigencia se extiende hasta 2050, con tipos que aumentan gradualmente cada año hasta estabilizarse. 

Un detalle importante es que esta cotización adicional no genera derechos adicionales de pensión para quien la paga. Es decir, no suma para tu pensión futura. Su finalidad es estrictamente solidaria y estructural, de sostenibilidad del sistema. 

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¿Qué cambios hay previstos para 2026?

Para 2026, el MEI subirá al 0,90% sobre la base de cotización por contingencias comunes. Este porcentaje se reparte de esta forma: un 0,75% lo pagará la empresa y un 0,15%. 

Este incremento progresivo ya se ha producido en años anteriores. En concreto, en 2023, la cotización del MEI era del 0,60% (0,50% empresa y 0,10% trabajador), en 2024 ascendió al 0,70% (0,58% empresa y 0,12% trabajador) y en 2025 ha sido del 0,80% (0,67% empresa y 0,13% trabajador). Con el paso a 0,90% en 2026, la presión en las nóminas será algo mayor

Lo vemos con un ejemplo. Para un empleado con una base de cotización mensual de 1.400 euros, la aportación se calculará del siguiente modo: la empresa contribuirá con 10,50 euros (1.400 euros × 0,75%) y el trabajador con 2,10 euros (1.400 euros × 0,15%). En este caso, el conjunto, el recargo total por MEI ascenderá a 12,60 euros al mes.

El plan es que en los próximos ejercicios continúen los aumentos graduales del MEI año tras año. A partir de 2030, la normativa señala que se estabilizará en el 1,20%, permaneciendo constante hasta 2050.

Impacto para autónomos y pymes en 2026

Si eres empresario y cuentas con un equipo de empleados, ese 0,75% adicional que pagarás en 2026 incrementará el coste total de la nómina por empleado. 

Por su parte, en el caso de los autónomos, están obligados a asumir toda la cotización adicional, pues no existe una empresa que la comparta. 

Un punto importante es que no afecta a las pensiones. Y otra cosa. El hecho de que pagues más no significa que vayas a recibir más en el futuro. Se trata, como decíamos, de una contribución para el fondo común del sistema.

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Preguntas frecuentes sobre el Mecanismo de Equidad Intergeneracional

¿Quién tiene que pagar el MEI?

Las empresas y todos los trabajadores incluidos en los regímenes de la Seguridad Social que cotizan por contingencias comunes, asalariados y autónomos por igual.

¿Ese 0,90% adicional influyen en la pensión del cotizante?

No genera derechos de pensión adicionales para la persona que lo paga. Es un mecanismo para sostener la caja común de pensiones.

¿Y si ya estoy jubilado y sigo trabajando?

Quienes están ya en edad de jubilación ordinaria y siguen en activo quedan exentos del MEI. 

¿Se puede reclamar o deducir en IRPF?

No hay mecanismo específico para deducir esta cotización en el IRPF como gasto adicional, ya que es parte de las cotizaciones del sistema de Seguridad Social.

Referencias legales:

Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones

Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones

Arancha Hernández Lloreda
Arancha Hernández Lloreda
Abogada experta en Trabajo

Nº de colegiado: 51158

ICAM: Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid

Título en Derecho

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