Los mejores consejos legales para alquilar un coche este verano

09 Julio 2019

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En período de viajes, muchos nos decantamos por el coche como medio de transporte preferido para nuestras vacaciones. Para ello, es común alquilar uno o varios coches para realizar desplazamientos terrestres. 

Si eres una de esas personas y estás pensado en alquilar un coche este verano, es importante que tengas en cuenta una serie de claves sobre posibles dudas y problemas que pueden surgir en relación al contrato de alquiler del vehículo.  En materia de contratos de coches de alquiler, es importante prestar especial atención a los siguientes factores: 

Política de combustible:  

Hoy en día, existen diferentes políticas con respecto al combustible: Una de ellas es pagar un importe por el tanque lleno en el momento de recogida del vehículo y devolverlo con el depósito vacío. Otra opción puede ser recibir el coche con el tanque lleno y deber devolverlo de la misma manera, o devolver el vehículo con la misma cantidad de gasolina con la que se nos entregó (por ejemplo, medio tanque). 

En cualquier caso, se debe tener clara la política de la empresa y acordar en todo momento y de manera explícita la manera en la que se gestionará el combustible del coche de alquiler. 

Precio final de la reserva online:  

En este caso, el Centro Europeo del Consumidor en España señala casos en los que, en España, se ha comprobado que el precio final ofrecido no se ajusta con el precio real del servicio en los casos de devolución del vehículo en un establecimiento distinto al que tuvo lugar la entrega, y también en el caso de que la devolución del vehículo se hiciera fuera del horario de oficina. 

Si las compañías omiten en estos dos supuestos incluir el cargo extra, estaríamos ante una práctica comercial engañosa. 

Devolución de servicios: 

Es importante prestar atención, asimismo, a los pagos por prestación de servicios tras la devolución del vehículo. Este punto hace referencia a ciertas cláusulas que permiten a las compañías de alquiler de coches realizar inspecciones en los vehículos devueltos de meticulosas inspecciones en busca de pequeños desperfectos sin tu presencia. 

Nuestra recomendación al respecto es siempre hacer varias fotos del vehículo en el momento en el que nos lo entregan, para poder demostrar el estado en el que se encontraba. 

De igual modo, al devolverlo, desde Legálitas recomendamos comprobar y anotar el estado del coche. Es preferible devolverlo en el propio establecimiento y que sea recibido por el personal de la empresa de alquiler que, de algún modo, pueda certificar el estado aparente del coche.  

Condiciones de pago: 

A este respecto, son muchas las compañías de alquiler de coches cuyas cláusulas limitan las condiciones de pago al aceptar solamente tarjetas de crédito. En algunas ocasiones no se admiten las tarjetas de débito o el pago en efectivo. 

En otras, sí se admiten las tarjetas de débito, pero con condiciones, como por ejemplo contratar un seguro sin franquicia, un servicio de wifi premium o que el vehículo alquilado sea un coche pequeño. El motivo por el que se exige pago con tarjeta atiende a la imposibilidad, generalmente, de hacer devoluciones de cargos. 

Si se produjera un cargo posterior en el tiempo atendiendo a averías aparecidas con posterioridad o a sanciones de tráfico cometidas por el cliente, habría que analizar caso a caso y comprobar si realmente son procedentes. 

Si te ha quedado alguna duda al respecto, los abogados de Legálitas expertos en materia de Consumo estarán encantados de asesorarte.

Referencia legal

  • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres.
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