Kit Digital: ¿en qué se puede gastar la ayuda?

07 Mayo 2024

Por María Fernanda del Pino Abogada experta en Derecho Mercantil

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El programa Kit Digital ofrece una ayuda de entre 2.000 a 12.000 euros para mejorar la competitividad y el nivel de madurez en el entorno digital de las pequeñas empresas, microempresas o autónomos. 

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¿En qué se puede gastar el Kit Digital?

Las pymes y autónomos que reciban esta ayuda pueden invertir el dinero en la solución digital escogida por el beneficiario en función de las necesidades propias de su negocio y en atención al autodiagnóstico de madurez digital que cuenta.

Conoce más sobre el Kit Digital: la ayuda a la digitalización de pymes y autónomos.

 

Categorías en las que se puede invertir el Kit Digital

Solo podrán subvencionarse y justificarse el gasto del denominado bono digital en la adopción de la solución digital que el beneficiario necesite dentro de los propios límites marcados en la orden. 

En este sentido hay doce categorías en las que se puede invertir la cuantía del Kit Digital. 

Igualmente, no todos los conceptos son subvencionables sólo los que aparecen relacionados. 

  • Sitio web y presencia básica en Internet.
  • Comercio electrónico.
  • Gestión de redes sociales.
  • Gestión de clientes.
  • Business Intelligence y analítica.
  • Gestión de procesos.
  • Factura electrónica.
  • Servicios y herramientas de oficina virtual.
  • Comunicaciones seguras.
  • Ciberseguridad.
  • Presencia avanzada en Internet.
  • Marketplace.

No obstante, este bono digital no podrá hacerse efectivo hasta que el agente digitalizador adherido, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención. 

10 aspectos legales para emprender: qué debes cumplir.

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¿Se podrá comprar un ordenador con el Kit Digital?

No, actualmente no es posible. La compra de equipos informáticos no está subvencionada (siendo ésta una consulta reiterada por los interesados en la ayuda).

No obstante, Red.es ha anunciado que se incrementará en un 50% la cuantía de los bonos del Kit Digital para autónomos y microempresas para favorecer su digitalización, pasando así de los 2.000 a los 3.000 euros. 

Los autónomos podrán destinar 1.000 euros a la compra de dispositivos electrónicos y 2.000 a seguir fortaleciendo sus programas. Este nuevo anuncio beneficiará al Segmento III (autónomos y micropymes de entre 0 y 3 empleados). 

Esta ayuda aun está pendiente de convocatoria oficial. 

Kit Digital para autónomos: cómo acceder y más.

 

Obligaciones de los beneficiarios del Kit Digital

Los beneficiarios también han de cumplir con las obligaciones reguladas en la Ley General de Subvenciones. Entre las más relevantes se encuentran cumplir y ejecutar el proyecto, justificar el cumplimiento de los requisitos o someterse a actuaciones de comprobación.

Asimismo, deberán cumplir lo siguiente:

  1. Comunicar a Red.es la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados nacionales.
  2. Registrar en su contabilidad, en un código contable diferenciado, el detalle de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada. Esta contabilidad deberá guardarse durante cuatro años.
  3. Declarar a Red.es todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso. Las ayudas de mínimis hacen referencia a las pequeñas ayudas estatales que los países de la Unión Europea otorgan a las empresas y que suponen una cuantía insuficiente como para que se deba poner en conocimiento de la Comisión Europea.
  4. Formalizar los correspondientes acuerdos de prestación de soluciones de digitalización con los agentes digitalizadores adheridos de conformidad con las bases reguladoras y la convocatoria.
  5. Atender a los requerimientos para evaluar el nivel de madurez digital en cualquier momento una vez instaladas las soluciones. 
  6. Garantizar el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente. 

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Referencia legal:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

María Fernanda del Pino
María Fernanda del Pino Abogada experta en Derecho Mercantil

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