Todo sobre el divorcio express

04 Octubre 2022

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Cuando un matrimonio decide ponerle fin a su unión, surgen muchas dudas relativas a la realización de todas las gestiones y trámites. Además, cuando se quiere hacer de forma rápida y económica, se puede optar por una vía mucho más ágil que los divorcios contenciosos. En España existe el conocido como divorcio exprés desde el año 2015, introducido con la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria. Esta Ley dio a los notarios la posibilidad de divorciar a los cónyuges, facultad que hasta entonces estaba reservada exclusivamente a los jueces.

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¿Qué es el divorcio express?

La novedad fundamental introducida por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, es la posibilidad de instar la separación o divorcio de mutuo acuerdo ante el letrado de la Administración de Justicia o ante un notario. Hasta entonces el único competente era el juez.

El comúnmente llamado “divorcio exprés” hace referencia al procedimiento legal que permite separarse o divorciarse a dos personas sin necesidad de que haya una intermediación judicial. Es, por tanto, el medio más económico para disolver cualquier vínculo matrimonial, a parte de ser el más rápido ya que, al existir un acuerdo previo entre las partes, no es necesario presentar pruebas y/o testimonios. El tiempo máximo de espera desde que se presenta el convenio hasta que se obtiene el divorcio es de 1 a 3 meses.

Nos vamos a centrar en el procedimiento de divorcio ante notario, si bien los requisitos son los mismos que la tramitación del divorcio de mutuo acuerdo ante el Letrado de la Administración de Justicia.

Características del divorcio express

La separación o el divorcio ante notario tienen que ser de mutuo acuerdo y sin hijos menores no emancipados o que tengan una discapacidad y dependan de sus padres.

En su tramitación es necesaria la intervención de abogado, que será el encargado de redactar el convenio y lo presentará en la notaría.

Convenio regulador

Resulta necesario formular un convenio regulador, que además de expresar la voluntad inequívoca de los esposos de divorciarse, deberá contener las medidas que regularán los efectos derivados del divorcio, como pueden ser la atribución del uso de la vivienda y ajuar familiares, la contribución a las cargas del matrimonio o la posible pensión compensatoria a favor de uno de los esposos.

Divorcio express con hijos

Si hay hijos mayores de edad o emancipados, deberán prestar su consentimiento “respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar” conforme recoge el artículo 82 del Código Civil. Este consentimiento debe de prestarse en el momento de otorgar la escritura, aunque la ley no exige que sea haga de manera presencial personal, de modo que podrían estar representados por apoderado.

Este requisito también es exigido si el divorcio se produce en vía judicial. Como ya hemos señalado, en el caso de existir hijos menores de edad o mayores respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, se mantiene la competencia exclusiva de los jueces y tribunales.

Requisitos para el divorcio express

Para poder acceder a este tipo de divorcio se deben cumplir tres requisitos:

  • Divorcio de mutuo acuerdo.
  • Llevar, como mínimo, tres meses casados.
  • No tener hijos menores de edad o incapacitados legalmente.
  • Aportar un convenio regulador.
  • Al menos uno de los cónyuges debe residir en España.

Cómo se realiza el trámite

El divorcio ha de realizarse ante un notario del último domicilio común o del lugar de residencia habitual de cualquiera de los dos cónyuges.

El notario comprobará y dará fe de que los cónyuges conocen y aceptan el contenido del convenio acordado, que es equitativo para las partes y que no perjudica a uno de los miembros de la pareja. El convenio podrá recoger también acuerdos sobre los bienes en común o sobre la liquidación del régimen económico matrimonial.

Una vez comprobado por el notario que todo se ajusta a las prevenciones legales, se firmará la escritura de divorcio, tras lo cual el notario lo comunicará al Registro Civil.

Documentación necesaria

La documentación necesaria para poder llevar a cabo el divorcio exprés es la siguiente:

  • Certificado de matrimonio.
  • Libro de familia para acreditar que no existen hijos menores de edad.
  • Certificado de empadronamiento de uno de los cónyuges para determinar a qué notario se acude.
  • Convenio regulador.
  • Si se va a proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales, la documentación necesaria para acreditar la disposición de los bienes y deudas existentes en la sociedad ganancial.

Actualmente, el divorcio ante notario es la opción más recomendable por su agilidad en los trámites. No obstante, si se desea acudir al juzgado se puede optar por esta vía, debiendo contar igualmente con un letrado y, en vez de abonar los honorarios del notario, deberán pagar al procurador.

Referencia legal:

Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio

 

Luis Delgado | Abogado de Legálitas

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