Colaboración entre pequeñas empresas: ¿quién es responsable en materia de Prevención de Riesgos Laborales?
02 Octubre 2025

La colaboración entre pequeñas empresas es algo habitual, pero cuando un trabajador de otra empresa accede a nuestras instalaciones, surge una duda muy común: ¿quién es responsable en caso de accidente laboral?
En este artículo vemos cómo funciona la normativa de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), en caso de si se contrata a una empresa para mantenimiento o en supuestos de subcontratación y qué obligaciones tiene cada parte.
Obligaciones en Prevención de Riesgos Laborales
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que cada empresa es responsable de la seguridad de sus propios trabajadores. Esto significa que si contratas a una empresa de mantenimiento, limpieza o cualquier otro servicio, esa empresa debe garantizar que su personal cuenta con la formación, equipos de protección y condiciones necesarias para trabajar con seguridad.
Sin embargo, cuando esos empleados desarrollan su actividad dentro de tu empresa, entran en juego las normas de coordinación de actividades empresariales (CAE).
¿Quién es responsable si contrato a una empresa de mantenimiento y ocurre un accidente?
Esta es una de las dudas más frecuentes entre pequeñas empresas y autónomos: si contrato a una empresa para realizar tareas de mantenimiento en mis instalaciones y uno de sus trabajadores sufre un accidente, ¿quién responde?
La regla general es que cada empresa es responsable de la seguridad y salud de sus propios trabajadores. Es decir, si un empleado de la empresa de mantenimiento sufre un accidente, la primera responsable será su propia empresa, porque es la que le ha contratado.
Pero como toda regla general, existe una excepción; y es que cuando ese trabajador desarrolla su actividad dentro de tu centro de trabajo, entra en juego la normativa de coordinación de actividades empresariales (CAE). ¿Qué conlleva esto?:
- Qué tú, como empresa contratante, tienes la obligación de informar a la empresa de mantenimiento de los riesgos específicos de tu centro.
Debes también vigilar que la empresa contratada cumple con la normativa y que sus trabajadores accedan a tu centro en condiciones seguras.
Es importante saber que, si no facilitas esa información, o si existen riesgos en tu empresa que no has controlado y que provocan el accidente, podrías tener una responsabilidad solidaria junto con la empresa contratada. Por tanto, existe un reparto de responsabilidades:
- Empresa de mantenimiento: responde frente a su trabajador.
- Tu empresa: se puede considerar responsable solidario si no has cumplido con tu deber de coordinación e información sobre los riesgos de tu centro de trabajo.
En ambos casos, el trabajador siempre estará protegido.
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Subcontratas: ¿Quién controla el cumplimiento de la normativa de seguridad?
Cuando en tu empresa trabajan empleados de otra compañía a través de una subcontrata, surge la duda de quién debe asegurarse de que esas personas cumplen con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) vigente en tu centro.
La respuesta está en la obligación de coordinación de actividades empresariales (CAE), regulada en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004.
Responsabilidades de la empresa principal (tu empresa)
Tus responsabilidades en caso de subcontrata serán las siguientes:
- Informar a la subcontrata de los riesgos propios de tu centro de trabajo.
- Supervisar que la subcontrata cumple con las medidas mínimas de prevención dentro de tu centro.
- Asegurar que los trabajadores externos conocen y respetan tus normas internas de seguridad.
Responsabilidades de la empresa subcontratada
Las responsabilidades de la empresa subcontratada son las siguientes:
- Cumplir con la normativa de prevención propia y adaptarse a las normas específicas de tu empresa mientras trabajan en tu centro.
- Formar y equipar de forma adecuada a sus trabajadores, proporcionándoles EPIs.
- Colaborar en la gestión de la documentación preventiva, facilitando certificados de formación, aptitudes médicas y evaluaciones de riesgos cuando sea necesario.
¿Y si ocurre un accidente?
En caso de accidente, la empresa subcontrata será la primera responsable, pero la empresa principal puede ser sancionada si no ha cumplido con su deber de coordinación, vigilancia e información. Por lo tanto, como en el caso anterior, la responsabilidad es compartida.
Consejos para pequeñas empresas
Para evitar problemas legales y sanciones, las pequeñas empresas deberán seguir las siguientes recomendaciones:
- Firmar un contrato de coordinación de actividades empresariales con cada empresa externa.
- Solicitar a la empresa contratada la evaluación de riesgos, certificados de formación y aptitud médica de sus trabajadores.
- Revisar de forma periódica el cumplimiento de las medidas de seguridad.
- Documentar la entrega de información de riesgos.
Preguntas frecuentes sobre la colaboración entre pequeñas empresas
¿Si contrato a una empresa externa, soy responsable de la seguridad de sus trabajadores?
La responsabilidad principal recae en la empresa contratada, que es la empleadora. Sin embargo, como empresa contratante tienes la obligación de informar de los riesgos de tu centro de trabajo y vigilar que se cumplen las normas de seguridad. Si no lo haces, podrías ser considerado responsable de forma solidaria.
¿Qué pasa si un trabajador de una subcontrata sufre un accidente en mi empresa?
La empresa subcontratada responderá frente a su trabajador, pero la Inspección de Trabajo puede sancionar también a la empresa principal si no se ha cumplido correctamente con las normas preventivas de seguridad y la coordinación de actividades empresariales.
¿Qué documentación debo pedir a una empresa subcontratada antes de que empiece a trabajar?
Se debe solicitar evaluación de riesgos de la actividad que van a realizar, certificados de formación en prevención de los trabajadores que accederán a tu empresa, aptitudes médicas actualizadas, justificación de entrega de EPIs y seguro de responsabilidad civil.
¿Tengo que dar formación en prevención a los trabajadores de otra empresa?
La formación en prevención corresponde a la empresa empleadora. Lo que sí debes hacer es informar a la subcontrata de los riesgos específicos de tu centro de trabajo y de tus normas internas de seguridad.
¿Qué sanciones puedo tener si no cumplo con la coordinación de actividades empresariales?
Las sanciones de la Inspección de Trabajo pueden ir desde multas económicas hasta responsabilidades civiles o penales en caso de accidente grave.
¿Debo incluir a las empresas subcontratadas en mi plan de prevención?
No se integran directamente en tu plan de prevención, pero sí debes reflejar en la documentación de coordinación que existe una empresa externa trabajando en tus instalaciones y que has informado de los riesgos.
¿Quién investiga los accidentes de los trabajadores de una subcontrata?
La investigación corresponde en primer lugar a la subcontrata, pero si el accidente ocurre en tu centro de trabajo, la Inspección de Trabajo puede requerir información a ambas empresas y valorar si has cumplido con tu deber de coordinación.
¿Puedo exigir que el personal de la subcontrata siga mis normas internas de seguridad?
Sí, y además es obligatorio. Todos los trabajadores que accedan a tu centro, aunque pertenezcan a otra empresa, deben cumplir con tus protocolos de seguridad y prevención de riesgos laborales.
Si te encuentras en esta situación y no sabes cómo proceder, ponte en contacto con Legálitas Negocios.
Referencias legales
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Real Decreto 171/2004, de 30 de enero