¿Cómo tramitar la baja de un servicio de telefonía e Internet?

14 Junio 2023

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

De igual modo que solicitar el alta en un servicio es una tarea fácil, el usuario suele encontrarse con dificultades por parte de la compañía a la hora de gestionar la baja del contrato y del servicio, lo que genera un trastorno al tener que iniciar un procedimiento de reclamación frente a la compañía operadora. Todo ello a pesar de que la normativa reguladora establece que las gestiones para la petición y tramitación de la baja han de ser ágiles y sencillas.

Te contamos a continuación todo lo relativo a cómo tramitar la baja de un servicio de telefonía e internet que establece la normativa.

 

Darse de baja: pasos a seguir

Para cursar la baja se puede hacer a través de cualquier medio de contacto que la compañía operadora tenga habilitado al efecto: teléfono, correo electrónico, dirección postal, fax, etc.

El servicio de atención al cliente debe ser gratuito y prestarse de forma que el consumidor tenga garantizada la constancia de su solicitud de baja. Para ello, si es un servicio telefónico, debe informarse al consumidor del derecho a solicitar acreditación de ésta en cualquier soporte duradero.

 

¿Con cuánto tiempo de antelación se debe realizar? Plazos.

Antes de tramitar la baja con un operador, es conveniente consultar los términos de su contrato, donde se podrá comprobar el periodo mínimo de permanencia, consecuencias pactadas en el contrato por baja anticipada y otras cláusulas que pudieran preverse en relación con este tema.

El plazo en el cual la operadora ha de tramitar la baja es de dos días hábiles desde el momento en que ha de surtir efectos, es decir, desde el momento en el que el usuario quiera dejar de tener el servicio.

¿Sabes qué tienes que hacer si te llaman suplantando a tu compañía telefónica o de suministros?

 

¿Debe ser de forma verbal o escrita?

Aunque la baja se puede solicitar de manera telefónica mediante una llamada a la operadora, es muy conveniente solicitarla por escrito mediante carta certificada o burofax con acuse de recibo.

 

¿Qué sucede si hay facturas pendientes de pago?

Si existen facturas pendientes de pago emitidas con anterioridad a la petición de baja por parte del consumidor, la compañía operadora no está obligada a tramitar la baja hasta que no se abone el total del importe de la deuda.

Ahora una vez, una vez cursada la petición de baja, la compañía no puede facturar más allá del período de dos días hábiles a contar desde la fecha de la petición por parte del cliente.

Además, si la baja es tramitada antes de que transcurra el periodo de permanencia, es posible que el operador le repercuta alguna cantidad en concepto de penalización.

Estas cláusulas no pueden establecer plazos de duración excesiva o limitaciones que excluyan u obstaculicen el derecho del consumidor a poner fin al contrato.

Por otro lado, cuando la petición de baja por parte del cliente viene motivada o es consecuencia de un incumplimiento contractual por parte de la compañía operadora, el usuario no tendrá la obligación legal de pagar el importe de la penalización en el caso de que exista.

Logramos que a Begoña le devuelvan la penalización de 175 euros tras una portabilidad telefónica.

 

¿Es obligatorio devolver el equipo instalado?

Una vez concluido el contrato, deberás devolver el router a la compañía y todos los equipos prestados por el operador, siempre que tales equipos se hubieran entregado en concepto de depósito y no en propiedad.

 

¿Cómo presentar una reclamación si no estoy de acuerdo con la operadora?

Si le cobran alguna cantidad con posterioridad a los 2 días hábiles siguientes a la baja solicitada, puede exigir las facturas al operador y comprobar qué conceptos le están cobrando. Si detecta algún error, se puede presentar una reclamación a través del propio servicio de atención al cliente de la compañía, la cual dispondrá de un plazo de 30 días para su resolución.

Es importante que tenga todos los documentos y justificantes que demuestren su versión.

Aunque no estés de acuerdo con algún concepto y hayas efectuado la reclamación, no es recomendable dejar de pagar las facturas generadas, pues la falta de pago puede provocar, entre otros efectos, la inclusión en los ficheros de solvencia patrimonial, también llamados ficheros de morosos. Si la reclamación tiene éxito, el operador deberá devolverle lo que se ha pagado de más.

Finalmente, recuerde que el operador no puede incluirte en el fichero de morosos sino ha transcurrido el periodo fijado para el pago de las facturas. En caso contrario, también sería motivo de una reclamación.

Claves para detectar y reclamar un error en la factura de la luz.

Gerardo Ruiz | Abogado de Legálitas

Referencia legal:

Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes