Viajar con animales de compañía

17 Junio 2014

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Seguro que si pensais en realizar un viaje de vacaciones o de corta estancia y tenéis una mascota, os preguntaréis si puede viajar con vosotros en el tren o en el avión.

Respecto al avión, se aplica para la Unión Europea el Reglamento CE 998/2003, a los animales de compañía y con carácter general, es necesario que cumplas con los siguientes requisitos para poder viajar con tu mascota:

  • Sistema de identificación electrónico - Microchip

Deberá cumplir con la norma ISO 11784 o el anexo A de la norma ISO 11785. En caso contrario, el propietario o su representante deberá facilitar los medios para su lectura.

  • Pasaporte

Documento oficial establecido para los animales de compañía de origen comunitario.

  • Acondicionamiento

Los animales deberán ir debidamente acondicionados en jaulas o contenedores que pueden ser obtenidos de la compañía aérea. La jaula tendrá una identificación clara de la dirección y teléfono del propietario. Comunique a su compañía aérea su intención de viajar con un animal

de compañía.

  • Países del entorno geográfico de la UE

Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Suiza y Vaticano.

  • Países terceros incluidos en la lista

USA, Rusia, Canadá, Japón y Australia entre otros

  • Países terceros no incluidos en la lista

Resto de países que no aparecen en ninguno de los puntos anteriores.

No obstante es recomendable acudir a la página web de la compañía con la que se va a realizar el viaje para saber qué requisitos sobre disponibilidad y acondicionamiento exigen al respecto para viajar con nuestra mascota.

En cuanto al tren, si la opción elegida es AVE o larga distancia, el transporte está limitado a animales de compañía cuyo peso no sea superior a 10kg. Renfe entiende por animal de compañía perro, gato, hurón y ave (no aves de corral).

En este tipo de trenes, cada pasajero podrá llevar únicamente una mascota y siempre en un trasportín o habitáculo cerrado y con unas medidas máximas de 60 x 35 x 35. En cuanto al precio, dependerá del tipo de billete del que disponga el pasajero. Renfe ofrece toda la información en su página web http://www.renfe.com/viajeros/info/animales.html

Si se trata de un tren de media distancia o Avant, el peso del animal, la forma de transportarlo y las medidas del habitáculo donde deberá ir todo el trayecto son idénticas a los trenes AVE. El precio será siempre de un 25% del billete de tarifa general.

 Referencia Legal

  • Reglamento (CE) 998/2003 del Parlamento Europeo y de la Comisión. Normas zoosanitarias para los desplazamientos de perros, gatos y hurones sin ánimo comercial entre estados miembros y procedentes de terceros países.
  • Sección 2, parte B del Anexo del Reglamento (CE) nº 590/2006 de la Comisión de 12 de abril de 2006, por el que se modifica el Reglamento (E) nº 998/2003 del Parlamento y del Consejo en lo relativo a las listas de países y territorios.
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