¿Qué partidas salariales no se pagan durante las vacaciones?
16 Abril 2014

#Texto revisado octubre 2015
Durante las vacaciones se aplica el principio de equivalencia, que entiende que el trabajador deberá percibir el mismo salario que le hubiesen correspondido en caso de acudir al trabajo, aunque existen algunas partidas excepcionales que aún estando habitualmente dentro de la nómina, no se tienen por qué devengar.
Algunas son los complementos relacionados con el pago de primas o bonus, que no forman parte de la remuneración por vacaciones, las horas extraordinarias, complementos pagados en función del trabajo realizado y otras partidas extrasalariales. Como siempre, hay que revisar los convenios.
Referencia Legal
- Estatuto de los Trabajadores.
- Convenios Colectivos.