Normativa de medioambiente: multas y sanciones

01 Junio 2023

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Desde Legálitas repasamos la normativa de medioambiente y la gestión de residuos y depósito de residuos domésticos desarrollada por las Ordenanzas Municipales, para aclarar qué conductas son sancionables y a qué multas se exponen los ciudadanos que incumplan esta normativa.

Multas por tirar basura en la calle

La gestión de los residuos domésticos en España depende de la Ordenanza Municipal de cada localidad. La mayoría de las poblaciones que regulan la gestión de residuos prevé sanciones por abandonar basura dispersa o cualquier tipo de residuo en espacios públicos fuera de los lugares habilitados para ello, así como depositar los residuos sin separarlos correctamente en los contenedores o puntos de recogida o incumplir los horarios de depósito y entrega de residuos.

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, las multas por tirar basura fuera de los lugares habilitados para ello se considera una infracción leve que puede llegar a los 750 euros de multa, mientras que depositar muebles, grandes, electrodomésticos o enseres en los recipientes destinados a los residuos domésticos, así como en contenedores o sacos de obra o depositarlos junto a estos sería una infracción grave sancionable con multas que van desde los 751 euros a los 1.500 euros.

En este sentido, también está sancionado realizar cualquier manipulación de las papeleras, cubos y contenedores que ocasione suciedad en el espacio público y, en particular, moverlas o volcarlas, etc. También se debe tener cuidado con depositar los cartones de los paquetes de las compras a domicilio fuera de los contenedores habilitados para ello, ya que pueden sancionar por este hecho comprobando simplemente el nombre y la dirección de la persona en la etiqueta del paquete.

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¿Y si se arroja un papel o colilla por la ventanilla del coche?

En este caso, se debe acudir a la Ley de tráfico y Seguridad Vial. Su artículo 76.n) califica como una infracción grave que conlleva multa de 200 euros “arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o que obstaculicen la libre circulación”, y a la persona se le retirarán 4 puntos del carné de conducir. Además, si esa colilla tirada por la ventanilla de un coche provoca un incendio forestal se estaría incurriendo en un posible delito.

Multas por dar de comer a una mascota en la calle o no recoger sus excrementos

Dar de comer a los animales generando suciedad en los espacios públicos es un hecho sancionable en la mayoría de los Ayuntamientos. En el caso de Madrid sería una infracción grave sancionada con multa de entre 751 y 1.500 euros. También no recoger y limpiar inmediatamente las heces de las mascotas se considera una infracción grave sancionable.

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¿Está permitido sacudir la alfombra por la ventana de casa?

Ensuciar el espacio público por goteo de limpieza de balcones y terrazas, así como por la limpieza o sacudida de alfombras, prendas y similares, es un hecho sancionable en la mayoría de los Ayuntamientos ya que supone ensuciar la vía pública. Para conocer que sanción acarrea habría que revisar cada ordenanza municipal, aunque es considerado como una infracción leve que conlleva multa de hasta 750 euros.

Sanciones por realizar botellón o fiestas en espacios públicos

En este caso dependerá de las circunstancias y el lugar para determinar la normativa a aplicar, aunque depositar residuos en las playas suele estar regulado en ordenanzas municipales propias del uso de la playa que, con carácter general, prevén sanciones por estas conductas. En Madrid, esta conducta queda expresamente recogida como actuación prohibida ya que “el abandono de residuos derivados del consumo de bebidas y comidas en concentraciones de carácter lúdico o botellones” al considerarse un acto público puede sancionarse como infracción grave con multa de 1.501 euros a 3.000 euros.

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Multas por realizar un grafiti

Realizar cualquier firma, texto, pintura o rayado de las superficies sin autorización municipal, con independencia del material utilizado, tanto en los espacios públicos como sobre el mobiliario urbano y, en general, sobre cualquier elemento integrante de la ciudad supone la obligación de reponer las cosas a su estado anterior o de abonar los costes de reparación.

Otras conductas prohibidas: escupir en la vía pública y más

Abandonar muebles, enseres, colchones, electrodomésticos, bolsas, envases o similares en los espacios públicos, salvo autorización previa, está considerado una infracción grave, así como ensuciar el espacio público como consecuencia de la limpieza de un vehículo o maquinaria, hacer necesidades fisiológicas en la vía pública o escupir en la misma. También es sancionable manipular, rebuscar o extraer residuos depositados en papeleras, cubos o contenedores instalados en el espacio; depositar directamente en los espacios públicos cualquier clase de residuos procedentes de obras de construcción, remodelación o demolición; o almacenar sin autorización material de construcción, arena, ladrillos, cemento o similares en el espacio público.


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Carlota Zapata | Abogada de Legálitas

Referencias legales:

Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

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