¿Cómo tengo que calcular mi finiquito?
26 Mayo 2025

El finiquito viene regulado en el artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores y en los convenios colectivos de algunos sectores. Es un documento de liquidación, en el que se reflejan las cantidades adeudadas al trabajador en el momento en que se produce la extinción de la relación laboral.
El empresario tiene la obligación de entregar este documento al trabajador en el momento de la extinción del contrato o en algún supuesto en el momento del preaviso.
El trabajador tiene derecho a recibir el finiquito siempre que se extinga la relación laboral independientemente del motivo:
- Por mutuo acuerdo de las partes.
- Por finalización del contrato.
- Por dimisión del trabajador.
- Por muerte, gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador.
- Por jubilación del trabajador.
- Por muerte, jubilación o incapacidad del empresario.
- Por fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo.
- Por despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Por voluntad del trabajador, fundamentada en un incumplimiento contractual del empresario.
- Por despido del trabajador.
- Por decisión de la trabajadora que se vea obligada abandonar definitivamente su puesto de trabajo por ser víctima de violencia de género o de violencia sexual.
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¿Cómo se calcula el finiquito de un trabajador? Pasos
Para calcular el finiquito debes tener en cuenta lo siguiente:
Los días trabajados en el mes de la extinción.
Las vacaciones no disfrutadas.
Las pagas extraordinarias.
Indemnizaciones que pudieran corresponder.
Incentivos, comisiones…
Horas extras.
Cualquier otra percepción salarial o extrasalarial que se adeuda al trabajador.
¿Y si he estado trabajando uno o dos años trabajando en la empresa?
La antigüedad del trabajador en la empresa va a influir en las cantidades que va a percibir en el finiquito, sobre todo en las extinciones que llevan aparejadas una indemnización como despidos, fin de contrato y modificaciones sustanciales del contrato de trabajo.
Por ejemplo, no es lo mismo la indemnización por despido improcedente de un trabajador con dos años de antigüedad que su indemnización serian 33 días de salario por año trabajado, a un trabajador que lleve un año o meses, el tope para todos es el mismo 720 días de salario, pero la cantidad va a variar dependiendo de la antigüedad.
¿Hay un plazo máximo para abonar el finiquito?
Conforme el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores “la liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres”.
Las empresas deben de hacer entrega del recibo de finiquito en el momento de la extinción de la relación laboral, puede ser el último día de trabajo o unos días después, la ley no establece un plazo exacto para la entrega y abono de este, solo indica que tiene que ser puntual.
Hay empresas que abonan el finiquito el último día de prestación de servicios del trabajador o unos días después y otras esperan al abono de las nóminas de ese más para pagarlo.
En el caso de que el trabajador no reciba las cantidades adeudadas tiene un plazo para cobrar el finiquito y hasta un año para reclamar las cantidades.
¿Qué debes hacer si no estás conforme o dudas si es correcto el importe que la empresa quiere darte?
El finiquito no debemos firmarlo nunca si no estamos completamente seguros de que las cantidades que vienen en el mismo han sido abonadas y están correctas. Con carácter general el finiquito tiene carácter liberatorio, pero siempre hay que valorar el caso concreto.
Para que la firma de un finiquito por parte del trabajador sea válida tiene que haber una voluntad inequívoca por parte del trabajador conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
El trabajador tiene que firmar el documento de forma voluntaria, sin coacciones, presiones ni intimidaciones, si de dan alguno de estos elementos el trabajador podrá reclamar vio judicial, aunque haya firmado.
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