¿Se puede aplazar el permiso laboral por matrimonio?

21 Abril 2026

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¿Se puede aplazar el permiso laboral por matrimonio?

¿En qué consiste el permiso laboral por matrimonio?

El permiso laboral por matrimonio viene regulado en el artículo 37.3 a) del Estatuto de los Trabajadores, que establece que los trabajadores, previo aviso y justificación, puede ausentarse del trabajo con derecho a remuneración durante 15 días naturales por celebración de matrimonio o pareja de hecho.

Se trata de un permiso retribuido que en la actualidad no solo se reconoce en caso de matrimonio, sino que también es aplicable a los supuestos de registro como pareja de hecho. Esto es así desde la reforma del texto legal que se llevó a cabo por el Real Decreto Ley 5/2023 de 6 de junio. 

Es importante aclarar, además, que la duración de este permiso es un mínimo legal que puede ser ampliado por convenio colectivo, por lo que siempre conviene consultarlo.

¿Con cuánto tiempo se debe preavisar el disfrute del permiso?

La ley no establece un plazo determinado, sin embargo, por razones de buena fe contractual, se debe preavisar a la empresa con antelación suficiente. Si el plazo no viene regulado en el convenio colectivo, lo aconsejable es hacerlo al menos con 15 días de antelación, de manera similar a otras comunicaciones laborales.

¿Cuándo comienza el disfrute del permiso?

El Tribunal Supremo ha aclarado que, si la celebración (o el registro de la pareja de hecho) ocurre en un día laborable, el permiso comienza ese mismo día. No obstante, si se produce en un día no laborable, el cómputo se inicia el primer día laborable siguiente a su celebración (STS de 11 de marzo de 2020).

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¿Se puede aplazar o fraccionar el permiso de matrimonio?

En principio, el permiso debe disfrutarse inmediatamente después del hecho que lo motiva. Sin embargo, nada impide que, mediante acuerdo entre empresa y trabajador, el permiso pueda diferirse a un momento posterior o incluso disfrutarse de manera fraccionada. Esta posibilidad también puede venir regulada específicamente en un convenio colectivo o acuerdo de empresa.

 

¿Qué pasa si me caso durante mis vacaciones?

Lamentablemente, no se tendrá derecho al permiso si este coincide con las vacaciones, ni se podrá diferir su disfrute a un periodo posterior, salvo que se haya acordado con la empresa o exista una regulación favorable en el convenio colectivo.

Según tiene declarado el Tribunal Supremo, por ejemplo, en su sentencia de 17 de marzo de 2020, la ausencia del trabajo en la que consiste el permiso retribuido solo está justificada cuando efectivamente hay obligación de trabajar, lo que no ocurre durante las vacaciones o en otras situaciones de suspensión del contrato. Por la misma razón tampoco se puede aplazar el permiso a un momento posterior en el que se ya se hubiera reanudado el trabajo diario. 

 

¿Y si estoy de baja médica en el momento de mi boda?

Ocurre lo mismo que con las vacaciones: el permiso no se puede conservar para disfrutarlo tras recibir el alta médica.

A diferencia de lo que ocurre con las vacaciones, donde el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores permite disfrutarlas después si coincidieron con una incapacidad laboral temporal, no existe una regulación similar que proteja el permiso de matrimonio en caso de baja médica.

 

¿Qué ocurre si me registro como pareja de hecho y después me caso con la misma persona?

En ese caso sólo se tendrá derecho a disfrutar una vez del permiso, pues lo contrario no sería acorde con la finalidad de la norma que lo que busca es equiparar ambas situaciones respecto al disfrute del permiso y no duplicar el derecho. Así lo entiende la jurisprudencia de los tribunales, por ejemplo, en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 7 de mayo de 2018 o en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 11 de junio de 2015, entre otras.

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Preguntas frecuentes sobre aplazar el permiso laboral por matrimonio

¿Se puede aplazar el permiso por matrimonio?

Como regla general, el permiso debe disfrutarse inmediatamente después de la celebración de la boda, aunque el trabajador y la empresa pueden llegar a un acuerdo para aplazarlo. 

¿Cuánto tiempo tengo para disfrutar del permiso por matrimonio?

El trabajador tiene derecho 15 días naturales de permiso remunerado. Si la boda se ha celebrado en día hábil comienzan ese día y se celebra en día no laborable, al día siguiente. 

¿Cuándo me puedo tomar los días de permiso por matrimonio? 

Debe comenzar a disfrutarse desde el momento de la celebración del matrimonio a no ser que el trabajador y la empresa acuerden otra cosa. 

¿Cómo funciona el permiso por matrimonio?

Da derecho a 15 días naturales mínimos de permiso retribuido, que pueden ampliarse por convenio colectivo. El trabajador debe preavisar con la antelación suficiente a la empresa. 

 

Referencias legales:

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Sergio Herrero
Sergio Herrero
Abogado experto en Trabajo

Nº de colegiado: 63317

ICAM: Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid

Título en Derecho

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