¿Tengo que solicitar plaza escolar en el lugar de destino?

01 Marzo 2014

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#Texto revisado diciembre 2015

Aunque habitualmente la solicitud de plaza y matriculación en colegios o institutos públicos o concertados se produce entre los meses de abril y junio de cada año ¿qué ocurre si se cambia de domicilio repentinamente?

Los plazos y gestiones para la solicictud  de plaza varían de una Comunidad Autónoma a otra, pero la ley educativa marca algunas normas de escolarización y, sobre todo, no es legal que dejen sin plaza para sus hijos. Por eso, si se ha mudado de ciudad repentinamente y los plazos de solicitud han terminado, debe acudir a la Consejería de Educación de la provincia y dar a conocer su caso. Allí le informarán sobre los centros que aún disponen de plazas libres para poder realizar la solicitud de plaza correspondiente.

La Comisión de Escolarización le asignará el centro educativo que crea conveniente procurando que se encuentre lo más cerca posible de su domicilio.

Referencia Legal

  • Artículo 84 y siguientes de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
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