¿Qué ventajas tiene la reducción de jornada por guarda legal respecto de una reducción de jornada ordinaria?

31 Octubre 2013

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#Texto revisado octubre 2015

En primer lugar, la facultad de diseñar la jornada a través de la concreción horaria, debe ser compatible con las necesidades de la empresa, u otros trabajadores en similar situación. De hecho la Ley expresamente lo limita en el supuesto de cónyuges trabajadores que reclamen la concreción respecto del mismo hijo.

Muchas trabajadoras desconocen que las cotizaciones no se reducen en proporción, de tal manera que a los efectos de una futura prestación por desempleo, el periodo en el que se mantuvo la jornada reducida será considerado a tiempo completo. En los mismos términos, caso de producirse un despido, el salario sobre el que se calcula también es el salario a tiempo completo.

La jornada reducida otorga una especial protección al trabajador/a ya que es la empresa la que tiene que demostrar que un despido o medida adoptada con respecto al mismo, no está relacionado con la reducción solicitada, en tal caso sería nulo y vendrían obligados a reponerte en tu puesto de trabajo. No obstante, viene obligado precisar que dicha protección no es absoluta, las empresas en dificultades que se ven obligadas a reducir puestos de trabajo pueden, si demuestran la veracidad de un estado contable adverso, una previsión de pérdidas, un despido de un trabajador con jornada reducida.

Referencia legal

  • Art.37.5 y artículo 55.5 y 6  del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
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