Mi permiso de residencia ha caducado y estoy en trámites de renovación. ¿Puedo salir del país en esta situación?

14 Diciembre 2015

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Tengo que hacer un viaje urgente al extranjero, pero mi permiso de residencia ha caducado y estoy en trámites de renovación ¿Puedo salir del país en esta situación?

Si su permiso de residencia está en trámites de renovación o prórroga, debe solicitar una autorización de regreso para poder salir de España y volver a entrar sin impedimentos.

Para ello debe acreditar que es titular de una autorización de residencia o estancia y haber iniciado los trámites de renovación o prórroga de la autorización que le habilita a permanecer en España dentro del plazo legal.

Igualmente puede solicitar esta autorización de regreso:

  • El titular de tarjeta de identidad de extranjero en vigor que haya presentado una solicitud de duplicado de la tarjeta por robo, extravío, destrucción o inutilización,
  • Quien tenga resuelta favorablemente la autorización inicial de residencia o estancia, y en trámite la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero, siempre que el viaje responda a una situación de necesidad y concurran razones excepcionales.

Se tramita ante la oficina de extranjería que corresponde por domicilio al titular del permiso, y debe presentarse personalmente o por representación. Es imprescindible que se solicite y obtenga siempre con carácter previo a la salida de España.

La autorización de regreso tendrá una vigencia máxima de 90 días contados desde la fecha caducidad de la autorización de residencia o de estancia, si se solicita con anterioridad a dicha caducidad, o desde que sea concedida, en caso de que se solicite en un momento posterior a la caducidad de la autorización de residencia o de estancia.

Esta autorización se podrá utilizar para todas las salidas y entradas que se precisen durante la vigencia de la misma.

Referencia legal

  • Art. 25.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social
  • Art. 5 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social
  • Instrucción DGI/SGRJ/07/2006, sobre la legitimación y representación para la presentación de solicitudes de autorización de regreso y para la entrega de dichas autorizaciones.
  • Instrucción DGI/SGRJ/07/2008, sobre solicitudes de autorización de regreso en las que se acredita una situación excepcional.
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