¿Debo tener en cuenta la pensión alimenticia para mis hijos en la Renta?

23 Mayo 2014

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Las cantidades satisfechas en concepto de pensión compensatoria a ex cónyuge, constituyen una reducción de la base imponible (de las rentas e ingresos percibidos), mientras que sobre los importes abonados en concepto de alimentos a hijos, se aplica la escala de gravamen de forma independiente (las rentas/ingresos obtenidos en el ejercicio, empleadas para tal fin tributan a un tipo -%- inferior al resto de ingresos).

Referencia Legal

  • Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
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