A un extranjero que cruza a menudo España conduciendo ¿Cómo le Influiría la pérdida de puntos?

01 Julio 2015

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Aquellos conductores extranjeros que obtuvieron el carné en su país, podrán conducir en España para transitar de un lugar a otro siempre que no fijen su residencia aquí.

Cuando el titular de un carné de otro país cometiese una infracción que conllevase la pérdida de puntos y fuese sancionado por ello, se anotaría en el registro de conductores, restándose los puntos a medida que se fuesen cometiendo más infracciones. Hay que señalar que, en estos supuestos, se produciría un canje de oficio regulado en el artículo 19, punto 1, letra b), del Reglamento General de Conductores, a los efectos de poder aplicarle las disposiciones nacionales relativas a la restricción, la suspensión, la retirada o la pérdida de vigencia del permiso de conducción.

Por tanto, si llegado el momento perdiese todos los puntos, y se declarase la pérdida de vigencia de esa autorización administrativa para conducir, ya no podrá conducir en España, ya que, a estos efectos, le será aplicable la normativa española.


Referencia legal

  • Artículo 19, punto 1, letra b), del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo..
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