¿Qué medio es el más adecuado para efectuar un requerimiento de pago?

24 Marzo 2014

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Para efectuar un requerimiento de pago deben utilizarse aquellos medios que permitan dejar constancia tanto del envío de la comunicación como de su contenido (fehaciente).

Es muy frecuente el envío de dichos requerimientos mediante fax, o correo ordinario con acuse de recibo. Estas formas de envío permiten tener constancia del envío así como de su destinatario, pero, salvo algunas excepciones, no acreditan el contenido del texto enviado.

Es más recomendable realizar dicho requerimiento de pago mediante telegrama, burofax o conducto notarial. Si bien el conducto notarial nos ofrece una mayor formalidad, es más costoso frente a los dos primeros, que permiten  igualmente dejar constancia del texto enviado a un coste inferior.

Sin embargo, es cierto, que el envío notarial crea en la otra parte una mayor intimidación en cuanto a la seriedad de nuestras intenciones.

Por otro lado, indicar, que el telegrama tiene el inconveniente del coste por palabra, lo que nos obliga a realizar una comunicación demasiado escueta. Por el contrario, el burofax enviado con certificación de texto, permite una mayor extensión, realizándose el pago por página enviada.

Referencia legal

  • Artículos 1.214 a 1.230 del Código Civil.
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