¿Cómo se tramita la Declaración de Herederos?

04 Diciembre 2013

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

Recientemente ha fallecido mi hermano que estaba soltero y no tenía hijos. Mis padres no viven y yo soy la única hermana. He ido al banco a cancelar sus cuentas y me han dicho que tengo que ser declarada heredera, ¿qué debo hacer para ser declarada heredera de mi hermano?

Cuando una persona fallece sin testamento, la declaración de herederos es el trámite en virtud del cual los familiares que son sus herederos por disposición legal obtienen tal reconocimiento.

El Código Civil dispone quienes son los herederos de una persona que ha fallecido sin otorgar testamento. El orden para suceder es el siguiente:

- Los primeros llamados a heredar son los hijos y descendientes;
- en ausencia de éstos son llamados los ascendientes;
- en defecto de éstos el cónyuge; 
- si no lo hubiera los familiares colaterales hasta el cuarto grado. 
en defecto de parientes el Estado.

En este caso, existe un heredero colateral y para que sea declarado como tal tendrá que instar un expediente de declaración de herederos abintestato, que deberá tramitarlo ante el juzgado de 1ª Instancia del último domicilio del hermano.

Para ello deberá aportar la prueba que acredite que es el pariente más cercano y, por lo tanto, llamado a la herencia. Así deberá acompañar, certificado de nacimiento del hermano y el Certificado de defunción de los padres. Certificado de defunción y de últimas voluntades de sus hermano y deberán acudir dos testigos a declarar que conocían al finado y que Ud. es su familiar vivo más cercano.

Referencia Legal

  • Artículo 912 y siguientes del Código civil
  • Artículo 959 y siguientes del Codigo civil
FacebookwhatsappXLinkedInEmail

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes