¿Cómo hacer la declaración de la renta?

04 Octubre 2013

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Desde el mes de abril se puede solicitar el borrador de la declaración de la renta del último ejercico fiscal. Una vez recibido este documento, el contribuyente puede modificar el borrador o confirmarlo si está correcto. El borrador puede ser utilizado sólo por aquellas personas que reciban rentas del trabajo o del capital con retención o ingresos a cuenta, las personas que tengan hasta un máximo de dos bienes inmuebles además de la vivienda habitual, o aquellos contribuyentes que posean letras del Tesoro.

Si no se da alguno de los supuestos anteriores, el contribuyente no podrá solicitar el borrador y deberá confeccionar su Declaración de la Renta. Si no se confirma el borrador, se deberá hacer la Declaración de la Renta a través del Programa PADRE. Si es la primera vez que se presenta, se debe pedir el borrador a la Agencia Tributaria.

¿Es obligatorio realizar la Declaración de la Renta?

Toda aquella persona física que durante el año 2012 tuvo su residencia habitual en España y percibió un salario anual bruto superior a 22.000€ tiene, con carácter general, la obligación de realizar la Declaración de la Renta, salvo que se haya producido alguno de estos supuestos:

  • No se superen:
  • Ingresos de 22.000 € brutos/año con carácter general
  • Ingresos entre 11.200 y 22.000 € brutos/año
  • Ingresos de 11.200€ brutos/año si existe más de un pagador y se cobre más de 1500€ del segundo o siguientes pagadores. Está cantidad también es el tope para pensionistas cuyos únicos rendimientos sean prestaciones pasivas que figuran en el artículo 17.2a de la Ley de IRPF
  • Ingresos de 11.200 € brutos/año si se perciben rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipos fijos de retención o si el pagador de dichos rendimientos no está obligado a retener
  • Ingresos de 11.200 € brutos/año por pensiones compensatorias de cónyuge o anualidades por alimentos no exentas

Todas aquellas personas que realicen actividades económicas y superen los 1000€ brutos en ingresos están obligados a hacer la Declaración de la Renta. También tienen esta obligación todos aquellos contribuyentes que tengan ingresos superiores a 1600€ procedentes de rendimientos del capital inmobiliario o ganancias patrimoniales.

Además, los contribuyente con derecho a deducción por inversión en vivienda o que hayan disfrutado en 2012 de deducción por maternidad, nacimiento o adopción  están obligados a realizar la Declaración de la Renta.

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