Blackberry: Interrupción del Servicio

13 Octubre 2011

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Blackberry. Interrupción del Servicio de telecomunicaciones electrónicas

Desde el pasado lunes se han producido diversos cortes en los servicios de comunicaciones de Blackberry, entre ellos envío de mensajes y acceso a internet. La compañía canadiense Research in Motion (RIM) creadora de Blackberry, reconoce estos cortes debidos al parecer a un colapso de datos causado por fallo de un conmutador en uno de los servidores.

Se trata de un asunto con trascendencia internacional habiendo quedado afectados en mayor o menor medida decenas de miles de usuarios de los cinco continentes.

Derechos de los Usuarios

Desde un punto de vista estrictamente jurídico, debe tenerse en cuenta que:

  1. Se trata de servicios de comunicaciones electrónicas contratados por cada usuario libremente con el operador de telefonía que elija, siendo Blackberry quien provee el terminal telefónico con las aplicaciones informáticas necesarias para recibir ese servicio, utilizando para ello los servidores de RIM.
  2. La normativa que regula los derechos de los usuarios de las telecomunicaciones no es la misma en los diferentes Estados; por tanto cada afectado deberá hacer uso de sus derechos de acuerdo a la legislación vigente en su país.

En el caso de España esta materia se regula en el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, que viene a trasponer normativa comunitaria. En su artículo 16 establece el derecho del usuario a obtener una compensación por la interrupción temporal del servicio de acceso a Internet.

Este derecho de compensación corresponde tanto a clientes particulares como a clientes que sean empresarios o profesionales.

No obstante, conviene aclarar que la compensación económica prevista en la normativa es muy pequeña, habida cuenta que se trata de la parte de la cuota de abono y otras cuotas fijas, proporcional al tiempo que dure la interrupción, de manera que podemos estar hablando de unos céntimos de euro. La compensación debe realizarse en la facturación siguiente.

A esa indemnización fijada por la normativa podría añadirse otra: los daños y perjuicios que esta interrupción haya ocasionado a los usuarios de forma individual, siempre que queden debidamente acreditados y cuantificados, p.ej. pérdida de clientela o de negocios en el caso de autónomos y empresas.

Cómo reclamar

La normativa es clara: es el operador de telefonía a quien corresponde abonar esas indemnizaciones a los usuarios (TELEFONICA, ORANGE, VODAFONE… o cualquier otro que preste el servicio), sin perjuicio del derecho de éste a repetir contra Blackberry por los costes que esas compensaciones le irroguen.

En efecto, corresponde al operador en virtud del contrato la obligación y la responsabilidad de prestar el servicio correctamente, debiendo garantizar a sus clientes tanto la calidad como la continuidad.

Para hacer valer esas indemnizaciones, es muy importante reclamar al operador, a través del departamento de atención al cliente y abriendo la correspondiente incidencia.

No estaría de más que abogados especialistas hicieran un estudio jurídico del contrato firmado entre el cliente y el operador en lo referente a las consecuencias de la interrupción de servicio como el que ha sucedido, claramente imputable a Blackberry y no al operador. Quizá por el cauce del contrato cupiera dirigirse contra RIM.

En cualquier caso, quien desee dirigir su reclamación a Blackberry, podría hacerlo en la siguiente dirección:

Research In Motion Spain S.L. Edificio Ofipinar, Planta 8 Calle Caleruega, 102-104 28033 Madrid, España Tel: +34 91 414 36 00
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